El proyecto fue elaborado por el Ejecutivo Municipal, para dar previsibilidad a los incrementos tarifarios de servicios de electricidad, alumbrado público, agua y cloacas, al establecer un sistema de adecuación, con ratificación anual, en base al seguimiento de las estructuras de costos. La modificación estarà vinculada a los precios de compra de energía, del agua en block, los aumentos de costo de la mano de obra vinculada a la prestación del servicio.

La norma, que apunta a dar mayor gradualidad a las variaciones tarifarias en lugar de acumular incrementos a lo largo del tiempo, prevé dos mecanismos de actualización.  

Por un lado se establece el camino a seguir cuando la prestataria, en este caso la Sociedad Cooperativa, presente un requerimiento de adecuación tarifaria. Estos podrán solicitarse cuando haya una variación de costos no controlados por la concesionaria, que son los siguientes:
🔹Precios de la compra de energía en el mercado mayorista eléctrico (CAMMESA), establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación. 
🔹Precios de referencia del agua en block, determinados por la Dirección de Servicios Públicos de Chubut.
🔹Incrementos salariales que determinen las paritarias de cada convenio de trabajo involucrado en la prestación de servicios.

En esos casos, la adecuación tarifaria se aprobará con previo dictamen del Ente de Control de Servicios Públicos, en base a un procedimiento que considera la incidencia de cada uno de los costos mencionados. Y serán aprobados dentro de los 30 días de recibida la solicitud, con publicación en el Boletín Oficial Municipal.

Una segunda vía se dará a través de una actualización anual, que será enviada por el Ejecutivo municipal, también con dictamen del Ente de Control.

En ese caso, el Concejo Deliberante tendrá un plazo de 15 días corridos para dar tratamiento, incluyendo la realización de una audiencia pública. 

Entre las condiciones exigidas a la concesionaria se establece la obligatoriedad de detallar hacia los usuarios, los valores surgidos de la compra de energía al mercado mayorista eléctrico (CAMMESA) y por la compra de agua en block.

Además se estipula una auditoría permanente por parte del Ente de Control, mientras que la concesionaria estará obligada a presentar un informe anual sobre cumplimiento de pago de obligaciones a CAMMESA, AFIP, entidades sindicales, además de Memoria Anual, Balance e informe de obras realizadas y proyectadas, entre otros requisitos.

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