CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) -Ante el próximo vencimiento de la ley 26.160, que prohíbe los desalojos a comunidades indígenas, la abogada Sonia Ivanoff inició un pedido para que la comisión de Labor Parlamentaria del Senado emitida dictamen para impulsar una prórroga de la norma, que caducará el próximo 23 de noviembre. Entre otros, dicha comisión es integrada por el senador Alfredo Luenzo, de allí que la abogada impulsó el pedido para que se lleve al recinto la discusión sobre el tema.

La ley en cuestión había sido aprobada en 2006 y declara la emergencia para la posesión de tierras de indígenas y prohíbe su desalojo. La ley crea un relevamiento de estas poblaciones, pero, a pesar de dos prórrogas en el tiempo, el Estado sólo censó la mitad de estas comunidades.

En la Argentina rige la Ley 26.160, que declara “la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas” y suspende la ejecución de desalojo de esas tierras. Tras haberse prorrogado en dos oportunidades con anterioridad, hoy diversas organizaciones piden la prórroga.

Según informa el sitio “Chequeado.com”, la ley del año 2006, prorrogada en 2009 y 2013, determina que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) que depende del Ministerio de Justicia de la Nación deberá realizar un relevamiento de las tierras que ocupan las comunidades indígenas. La ONG Amnistía Internacional informó que, según datos oficiales, hay 1.532 comunidades identificadas en la actualidad y sólo 759 han iniciado el proceso de relevamiento. Esto es menos de la mitad: un 49% del total.

Según un estudio de la Auditoría General de la Nación (AGN) de 2012, “no se advierte que el INAI posea la estructura organizativa, ni los recursos humanos para el cumplimiento de las funciones que debe llevar adelante”. En este mismo informe, el INAI se defendió y acusó, entre otras cosas, al “carácter dinámico” (por ejemplo, el aumento de las comunidades) de los pueblos originarios que deben ser relevados. En 2017, la AGN destacó nuevamente “lo limitado de las facultades del INAI para cumplir con la función que le asigna la Ley 26.160”.

Además, Jimena Psathakis, presidenta del INAI, agregó a Chequeado que, entre las causas del retraso, se encuentran los “conflictos al interior de las propias comunidades respecto a la representatividad”, los “procesos de judicialización” o mismo el “desconocimiento” por parte de algunas comunidades del relevamiento creado por la ley.

Amnistía señaló en un informe que la ley “no reconoce ni avanza en la titulación de tierras”, aunque sí “constituye un paso previo positivo muy importante para que las comunidades indígenas puedan identificar su territorio y puedan obtener los títulos de propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan”.

Según explicó al medio capitalino Silvina Ramírez, abogada de la Asociación de Abogados y Abogadas de Derechos Indígenas (AADI), “la ley nació para ponerle paños fríos a las cuestiones territoriales” y, aunque sostuvo que “los desalojos se produjeron igual” en los últimos años, también destacó la importancia de la continuidad de esta norma como un primer paso para la entrega de títulos.

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