En el concejo Deliberante de Comodoro los ediles aprobaron este lunes por mayoría la nueva ordenanza de control del crecimiento poblacional de perros y gatos. Orientada principalmente a controlar la superpoblación a largo plazo a partir de castraciones masivas y campañas de tenencia responsable, la norma también especifica una serie de infracciones pasibles de ser multadas económicamente, algunas de ellas bastante onerosas.

🐶La ordenanza establece la castración quirúrgica gratuita, masiva, temprana, abarcativa, sistemática y extendida, como único método para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos en todo el ámbito del ejido urbano, eliminando así del horizonte la posibilidad de realizar matanzas de animales.
🐶Como objetivo para el control poblacional a largo plazo se debe esterilizar a un mínimo del 10% de la población de perros y gatos anualmente, con y sin dueño, porcentaje que debe incrementarse cada año, apuntando a un promedio del 20%, tanto en perros como en gatos.
🐶Los animales castrados deberán ser tatuados con la letra C en el pabellón auricular izquierdo.

🐱 Centro Salud Animal: con facultades para exigir a los cuidadores de los animales la castración como así también en animales sueltos en la vía pública, obligarlos a que mantengan las mascotas dentro de su patio. Además dispondrán de un servicio de emergencia para animales y deberán actuar ante denuncias de cualquier tipo que involucren mascotas.
🐱La construcción de “perreras”, caniles o refugios para albergue de animales quedó prohibida según marca la ordenanza
🐱 La norma establece la creación de un registro obligatorio y gratuito de perros y gatos, que entregará una placa identificatoria.
🐱Se creará una turnera digital para asignar los días de esterilización.
🐱Quedó prohibido el abandono de animales.
🐶Se definieron razas caninas como “potencialmente peligrosas” y se establecieron requisitos para que una persona pueda estar a cargo de los mismos.

MULTAS Y SANCIONES

La ordenanza establece una serie de multas, y lo recaudado será destinado a campañas de castración gratuita, de desparasitación, vacunación, campañas educativas y de concientización.

⚠Circulación con animales peligrosos: en el caso del incumplimiento de lo establecido en el artículo 25 que refiere a la circulación con animales peligrosos, la multa sea entre 100.000 a 200.000 módulos, es decir de $21.000 a $42.000.

⚠Malos tratos o actos de crueldad de animales:  ya sea mediante acciones u omisiones, las sanciones serían de 800.000 módulos a 900.000, es decir de $168.000 a $189.000.

⚠Abandono de un animal en el ejido urbano o sus alrededores:  el infractor será sancionado con multa 80.000 a 90.000 módulos, $16.800 a $18.900 y en caso de

⚠Perros potencialmente peligrosos: en caso de infringir las normas de tenencia serán sancionados con multa de 50.000 a 90.000 módulos, de $10.500 a $18.900.

⚠Crianza y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos: en caso de infringir las normas las multas irán de 50.000 a 80.000 módulos, $10.500 a $16.800.

⚠Incumplimiento en la entrega de un perro (por parte del propietario, tenedor o criador del mismo): se secuestrará al animal y el infractor será sancionado con una multa equivalente de 50.000 a 80.000 módulos, es decir de $10.500 a $16.800.

Además, quedó establecido que, en caso de reincidencia, todas las infracciones se incrementarán en un 50 por ciento.

Con información de Crónica

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