CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - El Gobierno derogó el decreto que habilitaba la importación de basura y residuos de otros países para ser reutilizados en el país, firmado por el ex presidente Mauricio Macri. A través del decreto 148/2020 , publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dio de baja la medida que la gestión macrista reglamentó a un mes de dejar el Gobierno.

Además, la nueva norma determinó que en el plazo de los próximos 180 días, el Ministerio de Ambiente y de Desarrollo Sostenible, a cargo de Juan Cabandié, y el de Desarrollo Productivo, que dirige Matías Kulfas, “deberán formular una propuesta normativa para regular la temática, que promueva una gestión integral de los residuos en el marco de una economía circular”.

El documento llevó la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de los propios Cabandié y Kulfas. Además, el Ejecutivo explicó que, mientras se resuelve el tema de fondo, se volverán a implementar las leyes al respecto que estaban vigentes desde 1992 y 1993.

De esta manera, la actual gestión del Frente de Todos dejó sin efecto el Decreto N° 591 del 26 de agosto de 2019 y la Resolución Conjunta N° 3 del 12 de noviembre de 2019 de la entonces Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable y del entonces Ministerio de Producción y Trabajo.

A través de esos documentos, el entonces presidente Mauricio Macri había modificado la reglamentación sobre el ingreso de residuos a la Argentina, para permitir así que se ingrese materiales sin certificado de inocuidad, lo que generó una polémica en diferentes sectores, precisó Infobae.

En aquel momento, las autoridades nacionales explicaron que en la práctica estos certificados ya no se expiden hace años y que ahora el procedimiento será más riguroso. No obstante, ambientalistas y cooperativas de cartoneros aseguraron que esta medida representaba un riesgo y que perjudicaría su actividad y al país.

Foto: Infobae
Foto: Infobae

Puntualmente, estos cambios autorizaban la importación de “sustancias y objetos” procedentes de otros países, que puedan ser utilizados para otras finalidades o para los que exista un mercado o demanda específica, algo que ahora ya no se podrá hacer.

Entre los considerandos, el actual Gobierno señaló que “la Constitución nacional establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.

En este sentido, las autoridades nacionales agregaron que “con la reforma constitucional de 1994, se incorporó en el último párrafo del artículo 41 la prohibición de ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos”.

Además, en el Decreto se resaltó que la legislación actual marca que “cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”.

Por último, el Poder Ejecutivo sostuvo que la ausencia de un “certificado de inocuidad sanitaria y ambiental expedido previo al embarque por la autoridad competente del país de origen y/o procedencia y ratificado por la autoridad de aplicación nacional” constituye un “retroceso en materia ambiental” que coloca a la Argentina “en una situación de riesgo ante el posible ingreso de residuos peligrosos”.

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