RAWSON (ADNSUR) - El gobernador del Chubut, Mario Das Neves, decretó el estado de emergencia y desastre agropecuario en ocho Departamentos de la provincia del Chubut durante seis meses, plazo durante el cual los productores tendrán tiempo para la presentación de la declaración jurada y de la solicitud de Certificado de Daños.

El decreto es el número 432 y también lleva las firmas del ministro Coordinador de Gabinete, Alberto Gilardino, y el titular de la cartera de Producción, Pablo Mamet, y establece que la emergencia tendrá una vigencia de 30 días a partir de la publicación en el Boletín Oficial.

La declaración del estado de emergencia alcanza a los Departamentos de Escalante, Sarmiento, Mártires, Paso de Indios, Florentino Ameghino, Gastre, Languiñeo y Cushamen.

El artículo tercero establece “un plazo de treinta días, a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del presente decreto, para la presentación de la Declaración Jurada y de la Solicitud de Daños. Asimismo se considera válido el Relevamiento de Daños presentado por los productores a los organismos oficiales, para la emisión del Certificado de Daños correspondiente”.

Foto: Sociedad Rural

En los considerandos, dispone el decreto que “el Régimen Provincial de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en beneficio de los productores rurales que resulten perjudicados  por factores ambientales imprevisibles e inevitables y cuya persistencia o magnitud resulten atípicos”.

También refiere el decreto suscripto que “se han registrado precipitaciones pluviales excesivas, en el vasto territorio provincial, con epicentro en el centro, este y sur de la provincia” y que registraron “un récord histórico”.

“Se han recibido y analizado informes técnicos de distintos organismos nacionales, provinciales y municipales de los establecimientos agropecuarios de las zonas afectadas, por lo que se arriba a la conclusión de que se encuentran dadas las condiciones que justifican la Declaración de Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para aquellas explotaciones afectadas”, añade el instrumento legal.

Agrega además que “las producciones agropecuarias intensivas en los valles y ganaderas extensivas se han visto severamente afectadas, en los primeros casos por destrucción de la producción e instalaciones y en el segundo por la inaccesibilidad de los predios, con el consecuente abandono de la producción y su calendario habitual de tareas”.

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