Cuál es el nuevo límite que informará ARCA sobre las transferencias entre cuentas propias en junio de 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero elevará los umbrales mínimos para fiscalizar operaciones, buscando simplificar la operatoria cotidiana y fomentar el ahorro formal en Argentina.
El Gobierno nacional anunció un paquete de reformas económicas orientadas a reducir la fiscalización sobre los movimientos financieros cotidianos, con el objetivo de simplificar la operatoria diaria de los argentinos y fomentar el uso del sistema bancario y financiero formal.
En este marco, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que dejará de investigar las operaciones realizadas con billeteras virtuales que no superen ciertos montos, a partir del 1° de junio de 2025.
Estas medidas forman parte de un plan para “liberar los dólares del colchón” y fomentar que los argentinos utilicen sus ahorros en el sistema formal, sin que ello implique una fiscalización excesiva o una presunción automática de evasión o delito. Sin embargo, analistas advierten que estas reformas no modifican aspectos legales vinculados a la evasión o la compra informal de dólares, que requieren cambios legislativos para tener un impacto más profundo en el uso de divisas no declaradas.
NUEVAS MEDIDAS Y LÍMITES A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2025
El vocero presidencial, Manuel Adorni, presentó estas modificaciones durante la conferencia en la que se dio a conocer el “Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos”, que busca “liberar los dólares del colchón” y promover el ahorro formal y el uso del sistema financiero.
Los principales cambios en los umbrales de reporte que deberán cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y comercios son los siguientes:
- Transferencias y acreditaciones bancarias: el límite para informar se eleva de 1 millón de pesos a 50 millones para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas.
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: el umbral sube de 2 millones a 50 millones para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas.
- Extracciones en efectivo: antes se informaba cualquier monto, ahora solo se reportarán extracciones que superen los 10 millones de pesos para personas físicas y jurídicas.
- Saldos a fin de mes: el límite pasa de entre 700.000 y 1 millón a 50 millones para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas.
- Plazos fijos: el tope para no informar sube de 1 millón a 100 millones para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: el límite para compras en efectivo o con otros medios de pago se eleva de 250.000 y 400.000 pesos respectivamente a 10 millones para ambos casos.
- Tenencias en Agentes de Liquidación y Compensación (Alycs): se informarán solo tenencias superiores a 100 millones para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas.
Estas modificaciones implican que movimientos financieros y consumos por debajo de estos nuevos topes no serán objeto de reporte ni fiscalización rutinaria por parte de ARCA, lo que representa un cambio significativo en la política de control financiero.
JUSTIFICACIÓN, RESPALDO OFICIAL Y SANCIONES
Juan Pazo, titular de ARCA, respaldó las medidas señalando que el objetivo es “facilitar la operatoria cotidiana de los argentinos” y dejar atrás un esquema en el que “todo usuario era sospechoso por defecto”. El Gobierno destacó que estas reformas buscan eliminar la presunción de culpabilidad y garantizar la “presunción de inocencia” en materia financiera, evitando la “persecución burocrática” de los usuarios del sistema financiero.
El ministro de Economía, Luis Caputo, impulsa estas medidas dentro de un plan económico más amplio que busca incentivar el ahorro formal y simplificar la vida financiera de los ciudadanos, además de alinear los controles con estándares internacionales y reducir la carga administrativa para las personas y empresas.
Aunque se elevan los umbrales para el reporte, ARCA podrá iniciar investigaciones a usuarios que superen estos límites sin justificar adecuadamente el origen de los fondos.
En caso de incumplimiento en la presentación de documentación o demoras en responder requerimientos, el organismo podrá aplicar multas, bloquear preventivamente cuentas e incluso reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Información Financiera (UIF).
