BUENOS AIRES (ADNSUR) - Este lunes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará  el nuevo servicio puerta a puerta para las compras internacionales. Será a través del Correo Argentino y simplificará el trámite ya no será necesario ir hasta la Aduana para retirar la compra.

La medida fue implementada a través de la Resolución General 4447/2019, publicada el viernes en el Boletín Oficial, y comprende a las compras que no superen los US$ 3.000 y que por su especie y cantidad no hagan presumir finalidad comercial.

La resolución establece que a partir de abril, la cantidad y el monto de las compras exentas de impuesto será elevado, de un único envío anual de US$25, a 12 envíos deUS$50 cada uno en el mismo período.

Además no será necesario realizar el trámite a través de la página web de la AFIP, ni contar con Clave Fiscal nivel 3 para realizarlo.

Con el nuevo mecanismo, el destinatario recibirá, como sucedía hasta ahora, una notificación del Correo Oficial a través de la cual se le informará que existe un envío a su nombre, indicando el número de tracking asociado.

Con este número, deberá completar la Declaración Simplificada de envíos postales internacionales en el sitio web del correo (www.correoargentino.com.ar).

De corresponder el pago del tributo único del 50% sobre el importe excedente de la franquicia, el usuario recibirá en forma automática una liquidación que deberá cancelarse en un plazo máximo de 24 horas.

El nuevo régimen contempla, no obstante, que el servicio aduanero "podrá observar el valor declarado, reliquidando el mismo conforme a la verificación realizada".

Según se desprende de la resolución, también se permitirá "la introducción de especialidades medicinales", previa presentación de las recetas médicas, que deberán estar "intervenidas" por autoridades sanitarias nacionales.

Asimismo, quedó establecido que los libros, impresos y documentos seleccionados por el servicio aduanero, previo control mediante métodos no intrusivos, "serán librados bajo el servicio puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar la Declaración Simplificada de envíos postales internacionales".

En caso que el destinatario desconociese el contenido del envío, deberá indicarlo en la declaración y concurrir (personalmente o representado) a la sucursal del Correo Oficial con asiento de aduana a efectos de tomar conocimiento y efectuar el pago para la entrega del mismo.

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