Aguinaldo de junio de 2025: ¿Tienen derecho a cobrarlo los trabajadores informales en Argentina?
Millones de argentinos trabajan sin estar registrados y enfrentan dudas sobre sus derechos laborales. ¿Qué dice la ley sobre el pago del aguinaldo para quienes no cuentan con un contrato formal y cuáles son los riesgos de la informalidad?
En Argentina, el trabajo informal sigue siendo una realidad que afecta a millones de personas, generando una serie de incertidumbres sobre sus derechos laborales. Entre estas dudas, una de las más frecuentes es si quienes trabajan sin estar registrados oficialmente tienen derecho a cobrar el aguinaldo, un beneficio que representa un alivio económico fundamental para los trabajadores en relación de dependencia.
En un contexto donde la informalidad limita el acceso a la seguridad social, conocer los alcances y limitaciones del aguinaldo es clave para entender la situación laboral de gran parte del país.
¿QUÉ ES EL AGUINALDO Y QUIÉNES TIENEN DERECHO A COBRARLO?
El aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario (SAC), es un derecho laboral establecido por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo. Consiste en una remuneración adicional que se paga en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre, y equivale al 50% del mejor salario mensual recibido en cada semestre.
Legalmente, el aguinaldo está destinado a los trabajadores en relación de dependencia, es decir, aquellos que tienen un vínculo formal de trabajo con un empleador. Según la legislación argentina, todos los trabajadores registrados tienen derecho a percibirlo, y este derecho está directamente ligado al sistema de seguridad social y previsión laboral.
¿TIENEN DERECHO AL AGUINALDO LOS TRABAJADORES “EN NEGRO”?
Aquí surge una controversia importante. Desde el punto de vista legal, la ley protege a los trabajadores en relación de dependencia, lo que incluye a quienes están registrados formalmente. Sin embargo, la situación de los trabajadores “en negro” es ambigua:
- Algunos expertos y fuentes legales sostienen que, aunque el trabajador no esté registrado, la relación laboral existe y, por lo tanto, debería tener derecho al aguinaldo. En caso de conflicto, el trabajador puede reclamar judicialmente el pago del SAC y otros beneficios laborales, ya que la ley protege al trabajador más allá de la falta de registración.
- Por otro lado, otras fuentes indican que, en la práctica y según la normativa vigente, los trabajadores informales o en negro quedan excluidos del cobro del aguinaldo porque no cuentan con aportes ni cobertura legal, y no están dentro del sistema formal de seguridad social. Esto implica que, aunque tengan una relación laboral real, no están amparados para percibir este beneficio hasta que regularicen su situación.
En definitiva, el derecho existe en teoría y está respaldado por la ley, pero en la práctica muchos empleadores no cumplen con esta obligación, aprovechándose de la informalidad para evadir pagos. Para que un trabajador en negro pueda cobrar el aguinaldo, generalmente debe realizar un reclamo formal o judicial para que se reconozca su relación laboral y sus derechos.
FECHAS Y PLAZOS PARA EL PAGO DEL AGUINALDO EN JUNIO DE 2025
En 2025, el calendario oficial establece que la primera cuota del aguinaldo debe pagarse hasta el 30 de junio, con un plazo de gracia de hasta cuatro días hábiles, por lo que el pago puede extenderse hasta el 4 de julio sin que se considere infracción.
La segunda cuota debe abonarse hasta el 18 de diciembre, anticipándose a las fiestas de fin de año. Los empleadores pueden optar por pagar antes de estas fechas, pero nunca después.
RIESGOS Y CONSECUENCIAS DEL TRABAJO NO REGISTRADO
Trabajar de manera informal implica múltiples riesgos para el trabajador:
- No contar con cobertura médica ni acceso a licencias por enfermedad, maternidad o vacaciones.
- No acumular aportes para la jubilación, lo que afecta la seguridad social futura.
- Mayor exposición a despidos sin indemnización ni protección legal.
- Posibilidad de perder beneficios como el aguinaldo y otros derechos laborales.
Además, si un empleador despide a un trabajador en represalia por denunciar la falta de registración o incumplimientos, la ley protege al trabajador y puede ordenar la reinstalación o una indemnización agravada por despido discriminatorio.
Con información de Vía País, editada y redactada por un periodista de ADNSUR
