Este viernes se conoció que la AFIP actualizó los montos que deben registrarse las operaciones de intermediación, o compraventa de vehículos usados, y negociación o transferencia de inmuebles. 

El organismo estableció que a partir de este momento, los ajustes se llevarán a cabo una vez al año sobre la base de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor.

AFIP actualizó los valores a partir del cual hay que informar la compra o venta de autos o casas

La resolución fue publicada en el Boletín Oficial, y el organismo introdujo modificaciones a las normativas que regían sobre sujetos que en forma habitual realicen por cuenta propia o de terceros intermediación o compraventa de motos o autos usados, y sobre titulares y cotitulares de inmuebles que negocien, oferten o transfieran propiedades o derechos sobre bienes a construir.

Los montos en autos y motos usados

Las operaciones de compraventa deberán informarse al organismo a partir de 1,1 millón de pesos cuando se trate de autos y de los 450.000 pesos si se trata de motos.

En la actualidad los montos mínimos obligatorios según el régimen de información de la actividad se ubican en los 600.000 pesos y 240.000 pesos, respectivamente.

Inmuebles

Por su parte, para los inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones a 9,4 millones de pesos.

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