El monotributo es un régimen simplificado que facilita el cumplimiento tributario para pequeños contribuyentes, unificando en un solo pago mensual el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el impuesto a las Ganancias, los aportes jubilatorios y el componente de obra social. La actualización semestral de las escalas y cuotas responde a la necesidad de ajustar los valores a la inflación, que en el último semestre fue del 21,14%, según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

En este contexto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó recientemente las escalas del monotributo correspondientes a abril de 2025, actualizando los montos máximos de facturación permitidos para cada categoría de contribuyentes. 

Esta actualización se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y se realiza de manera semestral, no mensual, para ajustar los topes y cuotas a la inflación acumulada del período.

ACTUALIZACIÓN DE LOS TOPES DE FACTURACIÓN

Con la última actualización, el tope máximo de ingresos anuales para permanecer dentro del régimen simplificado del monotributo aumentó a $82.370.281, mientras que el mínimo anual quedó establecido en $7.813.063. 

ARCA publicó las nuevas escalas del monotributo
ARCA publicó las nuevas escalas del monotributo

Este régimen está destinado a pequeños contribuyentes, tanto prestadores de servicios como comerciantes, y se divide en once categorías, de la A a la K, que se determinan según los ingresos anuales, superficie afectada a la actividad, consumo energético y monto de alquileres devengados 

Los topes de facturación anual para cada categoría en abril de 2025 son los siguientes:

CategoríaTope de facturación anual (en pesos)
A$7.813.063,45
B$11.447.046,44
C$16.050.091,57
D$19.926.340,10
E$23.439.190,34
F$29.374.695,90
G$35.128.502,31
H$53.298.417,30
I$59.657.887,55
J$68.318.880,36
K$82.370.281,28

Superar estos límites implica la exclusión del régimen simplificado y la obligación de pasar al régimen general.

CUOTAS MENSUALES DE LOS MONOTRIBUTISTAS

Las cuotas mensuales que deben abonar los monotributistas varían según la categoría y si la actividad corresponde a servicios o comercio de bienes. A continuación, las cuotas vigentes para abril de 2025:

CategoríaCuota mensual (Servicios)Cuota mensual (Comercio de bienes)
A$32.221,31$32.221,31
B$36.679$36.679
C$42.951,25$41.982,19
D$55.047,33$53.714,87
E$77.946,73$70.436,50
F$98.096,95$84.530,08
G$149.836,62$103.321,64
H$340.061,68$206.815,63
I$626.993,55$309.020,04
J$759.420,03$377.851,82
K$1.050.323,75$456.773,20

Estas cuotas incluyen el impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social, unificando así los pagos en un solo monto mensual.

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