La Secretaría de Desarrollo Comunitario, a través del Servicio Social y los Centros de Gestión Barrial, lanzó el Plan Calor 2025, una iniciativa que tiene como objetivo brindar asistencia durante la temporada invernal a las familias en situación de vulnerabilidad que no cuentan con acceso a gas natural

El programa contempla proporcionar apoyo a los vecinos y vecinas que, por su situación socioeconómica, no pueden afrontar los costos de la carga de garrafa (gas envasado) y leña, recursos esenciales para la cocción de alimentos y la calefacción de los hogares.

“El Plan Calor se lleva adelante, no sólo para satisfacer las necesidades inmediatas de las familias, sino también fomentar la cohesión social y el bienestar comunitario, ya que la ayuda se extiende también a diferentes espacios como merenderos y comederos para que puedan continuar ofreciendo sus servicios esenciales en todas las áreas urbanas de la ciudad”, destacaron desde la Comuna. 

CUÁNDO Y DÓNDE INSCRIBIRSE

Las personas interesadas podrán inscribirse a partir del 15 de mayo, de lunes a viernes de 7 a 13 horas en los diferentes Centros de Gestión Barrial:

  • Ce.Ge.Ba. I (Albarracín 3010 esquina Joaquín Soto)
  • Ce.Ge.Ba. II (Río Mayo y El Maitén)
  • Ce.Ge.Ba. IV (Ejército de los Andes 779). 

También podrán acercarse a las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Comunitario, ubicadas en 9 de julio y Bouchard. 

REQUISITOS 

Podrán ser beneficiarios quienes se encuadren en los siguientes requisitos: 

  • Ser argentino/a, nativo/a o nacionalizado/a. 
  • El/la o los/las solicitante/s deberán tener domicilio en la provincia de Chubut. Los/las interesados/as no nativos/as deberán comprobar su antigüedad de residencia (que no podrá ser menor a cinco años) mediante información sumaria expedida por el Juzgado de Paz competente. 
  • El ingreso total mensual del hogar de cada destinatario/a no debe superar el equivalente a tres módulos (1.053.807 pesos), de acuerdo a la Ley II N° 76 y sus posteriores modificaciones. Constancia de ingresos o Declaración Jurada expedida por Juez de Paz.
  • Se considerará en la selección de beneficiarios, características o situaciones familiares como: familia numerosa, personas con discapacidad, adultos mayores, aislamiento/distancias a centros urbanizados. 
  • Cada uno de los puntos mencionados deberá estar debidamente acreditado con la documentación correspondiente ante la autoridad competente del Municipio y/o Comuna Rural que aporte los recursos.
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