COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Ante el inicio de la segunda quincena de enero, desde el Ministerio de Transporte de la Nación se ofrecieron consejos sobre la documentación obligatoria que se debe llevar cuando se decide viajar en auto, colectivo o avión; ya sea dentro del país o si se pretende cruzar las fronteras.

EN AUTO

Es obligatorio llevar: la licencia de conducir; el D.N.I.; la cédula verde más la azul, en caso de no ser titular del auto; la constancia de VTV o RTO, según legislación donde se encuentra radicado el vehículo; el comprobante de la póliza de seguro obligatoria.

EN COLECTIVO

Desde diciembre de este año es obligatorio que los pasajeros que viajen en colectivos de larga distancia presenten documento de identidad para comprar o reservar sus pasajes y a la hora de subir al colectivo.

Los menores de hasta 5 años deberán viajar acompañados por al menos uno de sus padres o por un representante legal o tercero autorizado. Los que tengan entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por al menos uno de sus padres o representante legal, o por un tercero autorizado por alguno de ellos; o se podrá optar por el servicio "menor no acompañado", en caso de que la empresa lo brinde. Por último los menores de entre 13 y 17 años, inclusive, que viajen solos, presenten la autorización de viaje autorizada por al menos uno de sus padres o representante legal. Para más información, visitar la web de CNRT.

EN AVION - AEROLINEAS ARGENTINAS

A la hora de viajar es obligatorio presentar documento de identidad sea Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

Quien viaja debe presentarse en el aeropuerto para hacer el check in con 120 minutos de anticipación, en caso de ser un viaje de cabotaje, o con 180 minutos de anticipación, en caso de tratarse de un vuelo regional o internacional.

Para ahorrar tiempo y elegir el asiento antes de llegar a la terminal, el check in de Aerolíneas Argentinas puede realizarse por internet, desde una computadora o desde tu teléfono móvil, entre las 2 y 36 hs previas al horario de partida del vuelo.

MASCOTAS

- Si viajás en auto, a la hora de cruzar la frontera las mascotas tienen que tener certificado veterinario.

- Si viajás en colectivo de larga distancia tené en cuenta que hoy la normativa vigente permite solamente los lazarillos que viajan a los pies de quien acompañan.

- Si viajás con Aerolíneas Argentinas, podes elegir llevar tu mascota en bodega o en cabina. Esta última opción siempre y cuando se trate de perros y gatos de hasta 9 kg, en vuelos dentro de Argentina y con países limítrofes. Además deberás presentar certificado veterinario. Más información en la web de Aerolíneas Argentinas.

INDICACIONES PARA CRUZAR LA FRONTERA

Es obligatorio llevar balizas portátiles y matafuegos, con control de carga y al alcance del conductor. Asimismo es necesario presentar otros documentos obligatorios según al país al que se esté ingresando:

Ingreso a Brasil

- Si el auto es propio:

- Copia del título de propiedad del vehículo,

- Cédula verde,

- Seguro extensivo a Brasil,

- Registro de conductor argentino actualizado.

- Si el auto es ajeno:

- Autorización para conducir el vehículo por territorio brasileño, hecho ante Escribano Público y legalizada por el Colegio de Escribanos y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto: Arenales 819. CABA. Tel. (011) 4819-7000.

- Copia del Título de propiedad del vehículo.

- Cédula verde.

- Seguro extensivo a Brasil.

- Registro de conductor argentino actualizado.

* La cédula azul no está autorizada.

Ingreso a Uruguay

- Libreta de Propiedad y/o Título del Vehículo.

- Licencia de Conducir.

- Seguro de Responsabilidad Civil vigente (papel Verde).

- Placas de matriculación y registro en el país de origen.

- Carta Poder certificada por Escribano Público (si el conductor no es el propietario).

Ingreso a Chile

- Libreta de Propiedad y/o Título del Vehículo.

- Licencia de Conducir.

- Seguro de Responsabilidad Civil vigente (papel Verde).

- Placas de matriculación y registro en el país de origen.

- Carta Poder certificada por Escribano Público (si el conductor no es el propietario).

- SOAPEX (obligatorio para circular)

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