El Ministerio de Economía de la Nación derogó la resolución 314/2016, que obligaba a las estaciones de servicio a informar cualquier modificación en los precios minoristas de los combustibles líquidos y del gas natural comprimido (GNC) dentro de las ocho horas posteriores a su implementación. La decisión fue formalizada a través de la resolución 717/2025 y comunicada como parte del proceso de desregulación económica iniciado por el Decreto 70/2023.

La normativa derogada había sido dictada durante la gestión del entonces ministro Juan José Aranguren y tenía como objetivo principal garantizar la transparencia en los precios al consumidor y permitir al Estado realizar un monitoreo en tiempo real del comportamiento del mercado minorista de combustibles.

Según informó el medio especializado Surtidores, la cartera económica argumentó que la obligación de informar los precios en un sistema centralizado representaba una carga burocrática innecesaria, especialmente para las estaciones de servicio de menor escala. “La eliminación de regulaciones innecesarias resulta conducente a los fines de fomentar la eficiencia, reducir la burocracia administrativa y mejorar la competitividad de las empresas del sector”, sostiene el texto oficial.

La resolución señala que, en un mercado con precios liberados, el control de precios pierde sentido como herramienta regulatoria, y que la libre competencia debe ser el mecanismo principal para determinar los valores en el surtidor.

El Ministerio de Economía también planteó que las nuevas tecnologías brindan alternativas eficaces para mantener informados a los consumidores. Aplicaciones móviles, sitios web y redes sociales de las empresas expendedoras permiten acceder a los precios de los combustibles en tiempo real, sin necesidad de un sistema estatal intermedio.

Desde el punto de vista del Gobierno, imponer una publicación obligatoria de precios podría incluso inducir a una homogeneización de tarifas entre competidores, lo que, según se argumenta en la resolución, iría en contra de los principios de libre mercado y podría facilitar conductas anticompetitivas.

Pese a esta derogación, el Sistema de Información Federal de Combustibles (SIFC), establecido por la resolución 1104/2004, continuará operativo. Este sistema brinda datos sobre precios y volúmenes de venta en el mercado mayorista, permitiendo al Estado realizar un seguimiento general del sector sin intervenir directamente en las operaciones del canal minorista.

El nuevo marco normativo implica, según la visión oficial, una redefinición del rol estatal en el seguimiento del mercado energético. El foco se desplaza de la fiscalización directa sobre cada punto de venta hacia un esquema más amplio de seguimiento por agregados, sustentado en la autorregulación de los operadores.

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