COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - YPF comunicó a su cadena de proveedores que pesificará las tarifas, como consecuencia del decreto 566/19, que congela el tipo de cambio en 45,19 por dólar y establece un precio de referencia interno para el petróleo de 59 dólares por barril. La medida fue calificada como de “fuerte impacto negativo” por referentes del empresariado regional, ya que según el tipo de servicios que se brinde, la incidencia de la moneda norteamericana puede alcanzar porcentajes de importancia entre los componentes de la estructura de costos, tales como repuestos importados o amortización de equipos.

En una nota dirigida a empresas de todo el país, la compañía, cuyo capital accionario pertenece en un 51% al Estado nacional, señala que los precios de los combustibles fijados en el decreto (no podrán exceder los que rigen actualmente, que son previos a la última devaluación) “generan una inmediata distorsión entre los pecios de venta de los productos de YPF y sus costos de producción, ya que en virtud del Decreto estos últimos no podrán ser trasladados a los precios de sus productos, situación que nos obliga a revisar toda la cadena de abastecimiento de materiales y servicios y tratar de adecuarla a dichos máximos”.

La operadora señala que la decisión de las autoridades nacionales y la abrupta devaluación “implica una circunstancia totalmente imprevista y ajena a YPF que genera una situación sin precedentes de limitación de ingresos con aumento de egresos”.

Empresarios de la región expresaron su temor por las consecuencias de la medida, particularmente por la situación que atraviesan ante la baja de actividad motivada por los cortes de ruta. “Es el golpe que faltaba”, se indicó en el sector, pero se mantuvo la prudencia hasta evaluar acabadamente los impactos.

Tras advertir que la situación podría impactar en los planes de inversión de la compañía, la comunicación alude a que el impacto de la devaluación “podría crear una serie de flujos dinerarios en pesos inconsistente con la naturaleza de los bienes invertidos y consumidos en las operaciones”.

En ese marco, señala que muchos de los contratos de la operadora con los contratistas tienen incidencia de la cotización del dólar, particularmente en lo que alude a las amortizaciones de los bienes utilizados en la prestación de servicios. Esto alude a máquinas y herramientas, o repuestos que son de origen importado.

El argumento principal para pesificar esos contratos, por el mismo lapso de 90 días que durará el decreto 566, es que los equipos son usados en el largo plazo, que van de 5 a 20 años, además de que se utilizan en servicios brindados a distintos clientes. Por ello, plantea la operadora, no sería razonable trasladar la volatilidad actual del dólar para generar ganancias de corto plazo.

“En general, y más allá del origen de los bienes, entendemos que la totalidad de los artículos entregados a YPF por acuerdos de abastecimiento o consumidos dentro de los contratos de servicio fueron comprados y pagados por los proveedores antes de la devaluación. Entendemos razonable entonces aplicar la misma visión del tipo de cambio normalizado para certificar y pagar estos consumos”, sostiene uno de los párrafos más claros y significativos de la comunicación, según pudo establecer ADNSUR.

En definitiva, el límite estará dado por el tipo de cambio fijado en el decreto, es decir 45,19 pesos por dólar, durante los 90 días de vigencia del decreto, que empezaron a correr desde el último 16 de agosto. 

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