RAWSON (ADNSUR) - La postura adoptada por el Superior Tribunal de Justicia, que definió no descontar los días de paro a los empleados del sistema judicial, en el marco de un acuerdo salarial con ese sector específicamente, podría marcar el criterio que adoptarán en torno al recurso de amparo presentado por los sindicatos docentes, en el que solicitan una medida cautelar para dejar sin efecto la decisión anunciada por el ministro Federico Massoni, que apunta a descontar en forma masiva los días no trabajados durante el conflicto.

Si bien hasta ahora hubo un cruce de posturas en forma pública, el debate podría anticipar el resultado de la resolución judicial que la corte provincial tiene que adoptar en los próximos días, una vez que el procurador general emita el dictamen correspondiente.

Por un lado, Mario Vivas salió a expresar una postura y si bien habló en forma individual, en sus dichos aludió a una postura general del Superior Tribunal, a la que definió  como contraria a la del Poder Ejecutivo: “Se lo dijimos al señor gobernador, que mientras la huelga tenga legalidad no podemos hacer descuentos”, dijo el actual presidente.

También restó impacto al alcance de la medida, al señalar que hubo guardias mínimas que permitieron que el sistema continuara funcionando, lo que contrastó con los dichos de muchos actores del sistema (abogados o incluso jueces que, al menos en Comodoro Rivadavia, se quejaron varias veces del grado de paralización del funcionamiento, lo que fue ratificado también por la preocupación de organismos nacionales, como la Federación Argentina de Colegios de Abogados).

El amparo presentado por estatales para evitar los descuentos

Lo llamativo es que Vivas hizo estas declaraciones, que anticipan claramente un criterio sobre un tema discutible desde el punto de vista judicial, el mismo día que ingresó ante el Superior Tribunal un recurso de amparo formulado por el conjunto de sindicatos estatales, entre los que se cuentan la ATECH, el SITRAED, el SITRAVICH y el SADOP (docentes privados).

Así lo expresa el recurso, al describir el objeto del mismo:

“Venimos por la presente a solicitar el dictado de una medida cautelar autónoma y urgente, a través de la cual se ordene a la Provincia del Chubut la suspensión de la ejecutoriedad de la circular Nº13/2019 dictada por el Ministro de Coordinación de Gabinete del Chubut, y consecuentemente se obligue a la provincia del Chubut a abonar íntegramente los haberes de los trabajadores docentes dependientes de la demandada, hasta tanto se resuelva de manera definitiva el reclamo administrativo y planteo de nulidad” presentado ante el mismo Ministerio.

Al justificar el pedido de la cautelar, en el texto del recurso se señala que “al retraso ilegítimo habitual del pago de sueldos, le agrega esta nueva modalidad de incumplimiento, partiendo de la base de considerar todas las inasistencias como injustificadas”, lo cual es considerado como “inconcebible”. Añade que “de mantenerse esta situación actual y no adoptarse la cautelar que se peticiona, se colocaría a los sujetes cuyos derechos representamos en una situación de vulneración absoluta de su derecho a percibir sus haberes en tiempo y forma”.

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