Freno judicial al DNU contra la huelga: el Gobierno apelará y busca insistir en la ley
La decisión de la Justicia generó una rápida reacción oficial, aunque en la Casa Rosada aseguran que no altera el escenario actual.
Luego de que el pasado lunes 2 de junio se conociera el duro revés judicial contra el Gobierno, donde la jueza laboral Moira Fullana suspendiera parcialmente el DNU que limita el derecho de huelga, desde Nación no darán el brazo a torcer.
Cabe recordar que el gobierno de Javier Milei había lanzado una medida que escaló el conflicto con la Confederación General del Trabajo (CGT). A través de una norma publicada (decreto 340), difundida en el Boletín Oficial, ampliaron de manera significativa el alcance de los sectores considerados “esenciales” e impusieron restricciones al ejercicio del derecho a huelga.
En ese marco, la CGT puso un recurso de amparo contra el decreto del Gobierno que restringe el derecho a realizar huelgas. En los fundamentos del amparo, la central sindical argumentó que el DNU ampliaba de forma arbitraria la lista de sectores sujetos a estas condiciones y violaba garantías constitucionales, como el artículo 14 bis, además de convenios internacionales que protegen la libertad sindical y el derecho a huelga.
De esta forma, en un fallo judicial, Fullana consideró que no se cumplen los requisitos que la propia Corte Suprema de Justicia estableció como condición para dictar un decreto de necesidad y urgencia. Según ese criterio jurisprudencial, solo se justifica un DNU si resulta imposible dictar una ley por la vía ordinaria o si la urgencia de la situación es tal que no admite los plazos del Congreso.
Para Fullana, ninguna de esas circunstancias se presenta en este caso. Además, rechazó el argumento presentado por el Estado nacional, que había intentado justificar el decreto señalando que solo se agregaba la Marina Mercante al listado de servicios esenciales ya incluidos en un DNU anterior. Según la magistrada, esa explicación resulta insuficiente para avalar la vía excepcional elegida por el Ejecutivo.
LA RESPUESTA DEL GOBIERNO NACIONAL
Desde la Casa Rosada confirmaron que apelarán la medida, aunque le bajaron el tono al conflicto. “El fallo no modifica nada en la práctica”, señalaron fuentes oficiales, recordando que ya está vigente una cautelar previa que mantiene suspendido el capítulo laboral del DNU 70.2023, firmado por Javier Milei al iniciar su mandato.
Aunque la suspensión judicial representa un revés para el oficialismo, funcionarios del Ejecutivo adelantaron que seguirán impulsando la medida, esta vez a través del Congreso. “No hay otro camino legal”, explicaron expertos, ya que el fallo cuestiona de fondo la herramienta del DNU en este caso.
CUÁLES ERAN LOS SERVICIOS ESENCIALES, SEGÚN EL GOBIERNO
El listado de servicios esenciales había sido ampliado drásticamente, incluyendo rubros como el transporte y distribución de medicamentos, telecomunicaciones, servicios portuarios, control de tráfico aéreo, educación desde nivel inicial hasta secundario, y el transporte marítimo y fluvial.
A ellos también se habían sumado otras actividades definidas como “trascendentales”: producción de alimentos, transporte terrestre, servicios logísticos, banca, gastronomía, comercio electrónico, entre muchas otras.
Con información de TN, redactada y editada por un periodista de ADNSUR
