CAPITAL FEDERAL - Tras una aprobación exprés en el Congreso, la ley de solidaridad social y reactivación productiva impulsada por Alberto Fernández, que se esperaba entrase en vigencia este lunes, todavía no fue publicada en Boletín Oficial, por lo que sus medidas no entraron en vigor, entre ellas el impuesto del 30 por ciento al dólar en compras en el extranjero o para ahorro.

La ley obtuvo mayoría después de una larga sesión del Congreso, que comenzó el miércoles en la Cámara de Diputados y culminó tres días después en el Senado. Así los legisladores le dieron el aval al megaproyecto de ley impulsado por el Gobierno , que contempla la declaración de la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2020 para aplicar medidas ante la crisis económica y social y sentar las bases para promover el desarrollo productivo.

Entre otras cosas, la ley autoriza al Gobierno a establecer un impuesto del 30% a la compra de divisas, subir las alícuotas de Bienes Personales y abrir una moratoria impositiva para las PyME con el objetivo de alcanzar, de acuerdo con el oficialismo, la solvencia fiscal, fortalecer las reservas internacionales y reactivar la economía.

Asimismo, prevé el congelamiento de tarifas, facultar al Poder Ejecutivo (PE) para aumentar retenciones a determinados productos agropecuarios, y la suspensión por 180 días de la movilidad jubilatoria mientras se analiza un nuevo índice de ajuste.

Otro de los puntos que se aprobó en la ley es la puesta en marcha de una moratoria destinada a las PyME para el pago de deudas y de aportes, con plazos de hasta 120 cuotas con seis meses de gracia por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre del 2019, con quita de intereses y de capital. De este modo, se busca que puedan sanear sus deudas y retomar la producción.

En cuanto al impuesto a los Bienes Personales, la alícuota se ubicará en un rango de 0,50% al 1,25%, pero podría alcanzar el 2,5% en el caso de bienes en el exterior, a menos que sean repatriados, de acuerdo con lo publicado por la agencia de noticias Télam.

Por último, se prevé la suspensión de la movilidad jubilatoria por 180 días desde la puesta en vigor de la norma, plazo durante el cual el Poder Ejecutivo deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales, y presentar un nuevo proyecto que sustituya al índice de reajuste suspendido.

EL DOLAR

Un punto destacado de la ley es el establecimiento de un impuesto del 30% a la adquisición de divisas para turismo y atesoramiento, o compras que supongan el uso de moneda extranjera por el término de cinco años, lo que tiene como finalidad preservar los dólares que conforman las reservas internacionales del país e incentivar el ahorro en pesos.

Ante este panorama, que se esperaba comenzase a regir hoy, quedaron exceptuadas las compras de bienes o servicios en cuotas realizadas con anterioridad a la vigencia de la ley y las importaciones de insumos para la producción.

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