CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - Las personas que hostiguen, amenacen, discriminen o hasta maltraten físicamente al personal sanitario que tenga contacto con pacientes con coronavirus en la Ciudad de Buenos Aires, podrán ser sancionados con multas de hasta 17.000 pesos de acuerdo a una ley sancionada por la Legislatura porteña que reformuló el Código de Contravenciones.

La iniciativa fue aprobada durante una sesión ordinaria con 55 votos positivos y tres en contra y alcanza también a los trabajadores de las fuerzas de seguridad y de la justicia que están en la primera línea de lucha contra la pandemia del Covid-19 en la Ciudad de Buenos Aires.

En rigor, los legisladores modificaron tres artículos al actual Código que reúne las contravenciones, que son aquellas conductas nocivas contra las personas o los bienes particulares y colectivos, al evaluar que desde el inicio de la pandemia se "observaron comportamientos disvaliosos por parte de algunos ciudadanos".

Entre las conductas advertidas se encuentra la situación que enfrentó un farmacéutico que vive en un departamento de un Villa Crespo, quien encontró un cartel pegado en el ascensor, en el cual se leía el mensaje: "Si sos médico, enfermero, farmacéutica o te dedicas a la salud, andate del edificio porque nos vas a contagiar a todos, hdp".

Otro de los casos divulgados recayó sobre una médica de Belgrano, quien recibió una nota de parte del consorcio donde vive, en Amenábar al 1500, en la que se la intimó a "evitar el tránsito y permanencia en lugares comunes" con los vecinos, o "a tocar elementos tales como picaportes, barandas de escalera y acceder a la terraza".

Puntualmente, el primer cambio efectuado desde la Legislatura incorporó un nuevo inciso al artículo 53 del Código de Contravenciones que, actualmente, penaliza las conductas contra la integridad física, entre ellas, las agresiones en lugares de acceso público, el hostigamiento y el maltrato físico, las cuales contemplan multas de hasta $1.000 y hasta cinco días de arresto.

En ese punto, la reforma duplica el valor de las multas ya que agrega como agravante las contravenciones en las cuales la víctima sea "trabajador de la educación, sea docente o no, o trabajador de la salud, policial o judicial, sea profesional o no" y cuando la conducta está motivada "en razón de haber estado en contacto con personas infectadas o casos sospechosos de alguna enfermedad contagiosa", como el coronavirus.

La segunda modificación también eleva al doble las sanciones que castigan la contravención en la que se constata "una obstaculización o un impedimento intencional y sin causa justificada de la salida de lugares públicos" de algún ciudadano.

En ese caso, cuando esta conducta sea contra trabajadores sanitarios, policiales y judiciales, la multa quedó en $2.000 o 20 días de trabajo de utilidad pública.

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