CAPITAL FEDERAL - La Cámara de Diputados le dio este miércoles por la tarde sanción definitiva al proyecto de "ley Justina", que dispone que todas las personas mayores de 18 años sean donantes de órganos o tejidos, salvo que en vida dejen constancia expresa de lo contrario. El proyecto, que recibió 202 votos afirmativos, está inspirado en el caso de Justina Lo Cane, la menor de 12 años que murió en noviembre pasado en la Fundación Favaloro mientras aguardaba un trasplante de corazón. La iniciativa también había sido votada por unanimidad en el Senado.

Ese cambio en la ley es determinante porque implica que los familiares de alguien fallecido ya no serán los encargados de autorizar la donación. "Podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos a toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos", señala el proyecto, según detalla Infobae.

El proyecto fue trabajado en conjunto con INCUCAI y también impondrá la obligación a los profesionales médicos de notificar al INCUCAI los tratamientos de diálisis que le realicen a un paciente, o cuando le indiquen la realización de un trasplante.

Aprobaron "Ley Justina": Todos los mayores serán donantes de órganos

A su vez, establece que para asegurar la calidad de todo lo relativo a donación y trasplante, se deberá destinar como mínimo un 20% de los recursos del Fondo Solidario de Trasplantes a capacitación.

La ley, que fue impulsada por el senador de Cambiemos Juan Carlos Marino, marca los derechos de los donantes y receptores a la intimidad, la integridad, la confidencialidad, la información y el trato igualitario.

Al mismo tiempo, establece la prioridad de traslado en forma aérea o terrestre de los pacientes que están en el medio de un operativo de donación.

El proyecto resalta que se podrá realizar la ablación de órganos a toda persona mayor de 18 años que no haya dejado una constancia expresa de su oposición a la donación. También se incorporará la Donación Renal Cruzada.

En el caso de los menores, se posibilita la obtención de la autorización para la ablación por los dos padres o por aquel que se encuentre presente en el momento. Además, se simplificarán los procesos que requieren la intervención de la Justicia.

Por otro lado, se simplicarán los procesos para diagnosticar la muerte de la persona. Los médicos deberán seguir el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación que tiene el asesoramiento del INCUCAI. Se establecerá como hora del fallecimiento el instante en que se completó el diágnostico de la muerte.

La ley propone además que tanto los hospitales públicos y privados deben contar con servicios destinados a la donación de órganos y al tratamiento del paciente. Se creerá el Servicio de Procuración que deberá contar con al menos un médico que detecte potenciales donantes, asesore a las familias y garantice el proceso de donación. También se establece la capacitación para los profesionales que formen parte del proceso de donación y transplante.

Otro de los capítulos está destinado a los medios de comunicación y establece pautas vinculadas al abordaje responsable de los temas relacionados con la donación y el transplante de órganos.

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