Violencia de género en la Patagonia: lo condenaron a pagar $21 millones por desfigurar al amigo de su ex
Una jueza de Neuquén consideró que el ataque a un hombre fue parte de una estrategia para controlar a su expareja. El agresor, que practica artes marciales, le desfiguró la cara a golpes y deberá pagar una indemnización millonaria.
Un hecho de violencia ocurrido en el barrio Z1 de la ciudad de Neuquén tuvo un fallo ejemplar: un hombre fue condenado a pagar más de 20 millones de pesos por desfigurar a golpes al amigo de su ex pareja. El ataque no solo fue calificado como una agresión física, sino también como un caso de violencia de género, al considerar que el acto buscaba intimidar y controlar a la mujer a través del daño a su entorno más cercano.
La jueza civil María Guadalupe Losada fue contundente al señalar que la violencia ejercida por el agresor formó parte de una estrategia de sometimiento. El fallo, que aún no está firme, ordena una indemnización total de $20.936.000, más intereses, en favor de la víctima, que sufrió secuelas físicas, emocionales y sociales.
Cómo fue la brutal agresión en Neuquén
El episodio ocurrió en 2021. El agresor, experto en artes marciales, se presentó de forma intempestiva en el domicilio de su ex pareja y, al verla acompañada, exigió entrar. Al no obtener respuesta, forzó la puerta trasera e irrumpió en el interior de la casa. Allí atacó con violencia al acompañante con golpes de puño y patadas en el rostro.
La víctima sufrió fracturas faciales tan severas que requirieron una cirugía reconstructiva. La agresión también dejó secuelas psicológicas de largo plazo. Además, el agresor dañó el vehículo del hombre atacado, lo que fue considerado como un agravante en el análisis judicial.
El impacto físico, emocional y social
El informe psicológico incorporado al expediente judicial detalla que el rostro de la víctima “quedó desfigurado durante al menos un año” y que esto impactó gravemente en su autoestima. También se documentó un cuadro de angustia persistente y aislamiento social, producto de las consecuencias físicas del ataque y el temor generado por el episodio.
La jueza tuvo en cuenta, además de las lesiones, los gastos médicos pasados y futuros, el daño moral y la necesidad de tratamiento psicológico. En total, el monto de la condena se distribuye en distintos rubros, entre ellos la incapacidad sobreviniente y el daño psíquico.
Por qué se consideró violencia de género
A pesar de que la víctima directa fue un hombre, la Justicia neuquina encuadró el hecho como una manifestación de violencia contra la mujer. La magistrada sostuvo que se trató de una agresión destinada a intimidar y controlar a la ex pareja del atacante, mediante el daño a alguien de su entorno sentimental o afectivo.
“La violencia ejercida contra una persona cercana a la mujer tiene como finalidad condicionar sus relaciones y decisiones personales”, expresó la jueza Losada en la sentencia. El fallo marca un antecedente en la interpretación de la violencia de género en la esfera civil, y destaca que no solo se limita a agresiones directas hacia la mujer, sino también a quienes conforman su entorno más próximo.
Un fallo ejemplar en la Justicia civil
Mientras en el fuero penal el acusado recibió una probation por dos años —beneficio que inicialmente había sido rechazado—, la resolución en el fuero civil no dejó lugar a dudas sobre la responsabilidad del agresor y la magnitud del daño provocado.
