El Superior Tribunal de Justicia revocó el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Trelew, que había absuelto a las tres personas que habían sido condenadas en primera instancia en la causa conocida como “terrenos de Seros”.

 El presidente del Instituto de Seguridad Social y Seguros, Alfredo Prior, consideró que tal decisión “permite recuperar la credibilidad” en la actuación del Poder Judicial. 

Prior volvió a criticar la actuación de los camaristas Alejandro Defranco, Roberto Barrios y César Zaratiegui, que habían dejado sin efecto la condena al escribano Pablo Darío Fossati y los ex policías Juan Carlos Rossi y Leandro Nélson Quilaleo. 

La jueza Ivana González había condenado al escribano y a los ex directivos del Círculo Policial por la venta irregular de 14 lotes ubicados en López y Planes y Pellegrini, de la ciudad de Trelew. 

Fossati y Quilaleo habían recibido 4 años de prisión de efectivo cumplimiento, en tanto Rossi había sido condenado a 5 años de cárcel de efectivo cumplimiento

Este miércoles, el presidente del ISSyS brindó una conferencia de prensa junto al Director de Asesoría Legal, Pablo Aguilera, y el asesor legal Mateo Rossio, y también estuvieron presentes los integrantes del directorio del organismo, Jorge Vecchio, Sara Gianardo y María Ester Raín. 

“La resolución del Superior Tribunal de Justicia hoy nos encuentra con una sensación totalmente positiva en función de lo que viene sucediendo en esta causa, y desde lo institucional volvemos a recuperar, y también desde la comunidad, la credibilidad en la actuación del Poder Judicial, que se había visto resentida, y nosotros lo manifestamos, con el fallo de la Cámara”, afirmó el presidente del ISSyS. 

Recordó que cuando la Cámara de Apelaciones revocó las condenas de primera instancia y absolvió a los imputados “no coincidíamos porque se desconoció el trabajo llevado adelante por nuestros asesores legales, los fiscales y la jueza, que dictó una resolución condenatoria absolutamente contundente”. 

“Nada se dejó al azar y se juntaron todas las pruebas que tiene el expediente y los testimonios de todos los actores, como las familias damnificadas presuntamente estafadas y por supuesto también el Instituto”, aseguró Prior. En ese orden, destacó que la revocatoria del Superior Tribunal de Justicia “vuelve a fortalecer el procedimiento de primera instancia llevado a cabo por la jueza González” y reiteró que “desde lo jurídico me vuelve a llamar la atención la conducta de los camaristas de tener esta posición arbitraria en cuanto al análisis de todas las pruebas”. 

Destacó Prior que los camaristas “tomaron una parte muy pequeña de la causa para determinar un posicionamiento y absolver a quienes en primera instancia se consideró responsables de ese accionar totalmente cuestionable”. 

Sostuvo que la decisión en el ámbito penal va a fortalecer la posición del ISSyS en el fuero civil para buscar recuperar los terrenos irregularmente vendidos y advirtió que “hay que separar el perjuicio económico, a las familias y al Instituto, y lo concreto es que se sepa la verdad sobre los hechos y la responsabilidad de las personas y el escribano, que tendría que haber dado fe de que todo estaba legalmente resuelto y no fue así”. 

“Nunca dudamos de la posibilidad de recuperar las tierras. Está en el ámbito de la justicia civil, pero esta instancia penal define claramente que fue una estafa no sólo para el Instituto sino para muchas familias, y esto nos va a posicionar de otra manera en el ámbito civil”, señaló.

Agregó que “independientemente del valor que puedan tener los terrenos, hay que salvar el daño fundamentalmente de aquellas familias que soñaban con su primera vivienda y fueron estafadas, y también defender los intereses del Instituto de Seguridad Social y Seguros”.

 Por su parte, el director de Asesoría Legal, Pablo Aguilera, explicó que ahora “se va a celebrar, con la conformación de una nueva Cámara, la instancia recursiva, porque el fallo de la jueza González ya condenó en primera instancia y sólo queda resolver la instancia recursiva, es decir la apelación que realizó la defensa sobre las condenas de los imputados”.

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