PUERTO MADRYN (ADNSUR) - Los cuatro imputados por la presunta venta simulada de la empresa pesquera Alpesca solicitaron la suspensión del juicio a prueba y la Jueza Eizmendi otorgó la medida. Donarán dinero y leche a instituciones de bien público.

Omar "Cura" Segundo y su hijo Juan Paulo, al igual que Federico Otero y su madre Rosa Chico, recibieron el beneficio de la suspensión del juicio a prueba a cambio de donar dinero en efectivo y leche a instituciones de bien público de esa ciudad, en el marco de la causa que investiga la presunta venta simulada de la empresa pesquera Alpesca.

Los abogados de los cuatros imputados solicitaron la “probation” porque entienden que las cuatro personas “carecen de antecedentes penales y en caso de recaer condena sería de ejecución condicional” sostuvieron los defensores, quienes ofrecieron una reparación económica y tareas comunitarias.

Federico Otero y su madre Rosa Chico son patrocinados por el defensor público Gastón Ledesma mientras que Omar Segundo y su hijo Juan Paulo son defendidos por el abogado particular Fabián Gabalachis.

Segundo indicó que donará 20 mil pesos para una institución benéfica y además ofreció 60 litros de leche mensuales durante un año y medio para instituciones de bien público. Mientras que Otero y Chico, por su parte, donarán 10 mil pesos, más 60 litros de leche mensuales y además deberá presentarse mensualmente en Puerto Madryn.

La medida de suspensión del juicio a prueba resuelta por la Jueza Estela Eizmendi será de un año y seis meses para Segundo y de dos años para Otero.

Eizmendi, en su resolución, indicó que se dan los requisitos para otorgar la medida y adelantó que la homologará, aunque sostuvo que se tomará el plazo legal para notificar la resolución por escrito.

La acusación del Ministerio Público Fiscal era de “estafa”, al considerar que la venta de la pesquera Alpesca entre Segundo y Otero fue simulada. Para los fiscales, Chico y Otero oficiaron de “prestanombres”. La calificación legal del hecho es de “estafa” previsto por el Código Penal con penas de 1 mes a seis años de cárcel.

La “probation” está prevista en el Código Penal y se aplica a delitos donde la pena de prisión efectiva pueda ser en suspenso, lo que permite evitar una condena a cambio de la realización de tareas comunitarias.

La medida se otorga cuando el imputado no tiene antecedentes y la pena en expectativa en caso de ser condena no sea de efectivo cumplimiento (en este caso, la estafa parte de un mínimo de 1 mes). Fuente: Jornada

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