La usurpación de tierras en las últimas semanas conlleva dilemas legales como el que se ha planteado en torno al pedido de interdicción, con desalojo y recupero de las tierras, planteado por el municipio de Comodoro Rivadavia sobre la ocupación concretada en la zona de barrio COMIPA, desde febrero de este año. Una jueza de primera instancia ya rechazó una medida cautelar para retirar a las familias del lugar, mientras que la asesoría legal planteó una apelación para revertir ese rechazo.

“Nosotros podemos intervenir para despejar la zona en tierras públicas, de dominio municipal, para acompañar al personal municipio en el momento en que se aplica la ordenanza general de Tierras, como ocurrió este domingo por la noche –explicó el ministro de Seguridad, Miguel Castro, en referencia a los operativos realizados en la noche del domingo en zona norte-. Cuando hay intervención judicial, porque se trata de tierras privadas y el particular hace una denuncia, ya no es de aplicación la ordenanza de Tierras y nosotros debemos esperar la decisión de la justicia”.

Paralelamente, el ministro también recordó que la justicia penal no considera delito a las ocupaciones de tierras: “La justicia penal dice que no hay delito en este tipo de hechos, por lo tanto hay que acudir a una demanda civil”, refirió.  

La diferenciación entre tierras fiscales y privadas que formuló el funcionario es útil para entender otra de las ocupaciones que se conoció en los últimos días, en la zona de Palazzo, donde un grupo de particulares se ubicó en tierras que son reclamadas por el gremio de la ATECH. De constatarse esa potestad, sería la entidad gremial quien debe accionar judicialmente.

Hay que aclarar que también el municipio debió recurrir a la justica, con uno de los asentamientos que se concretó en el mes de febrero y en el que no se pudo realizar el desalojo, en la zona cercana al barrio denominado COMIPA.

La justicia civil rechazó un pedido desalojo planteado por el municipio

En efecto, tras constatarse el inicio de una ocupación el 18 de febrero, con un total de 24 familias, se convocó a una audiencia el día 20, en el que las autoridades municipales propusieron la re-evaluación de cada caso particular, atendiendo que varios de quienes iniciaron la toma adujeron que llevaban expedientes tramitados durante muchos años en la Secretaría de Tierras.

Sin embargo, la condición para iniciar esas gestiones era, primero, desalojar el lugar, lo que fue rechazado por los ocupantes. El día 21, se presentó una cuadrilla para el levantar el asentamiento y recuperar las tierras fiscales, con personal municipal.

Según pudo saber ADNSUR en esferas legales que siguen el caso, cuando se hizo presente la policía para acompañar el operativo municipal, los hombres del lugar se armaron con palos e iniciaron una quema de cubiertas, con la formación de un escudo de mujeres y niños, por lo que la fuerza pública se retiró del lugar, ante el riesgo que había para la gran cantidad de menores.  

A raíz de esa situación, el municipio planteó una demanda en la justicia civil, para pedir la interdicción y recupero de las tierras, con una medida cautelar que requiere el desalojo del lugar. En respuesta a ese planteo, una jueza de primera instancia rechazó la medida cautelar con el pedido de desalojo, bajo el argumento de que en el lugar hay 35 niños y dos mujeres embarazadas, en situación de vulnerabilidad, por lo que tal decisión chocaría con derechos de protección de niñez, adolescencia y familia.

Por su parte, el municipio insistió en su planteo, por lo que deberá revisarse en un tribunal de alzada, ya que aparecen otras situaciones involucradas. Una de ellas es el alto riesgo que implica el lugar en que se hizo la ocupación, por tratarse de zonas afectadas por radios de seguridad de pozos petroleros y gasíferos, además de líneas de alta tensión y por encontrarse en terrenos inundables. Según la ordenanza de Tierras, lotes en esas condiciones no pueden ser urbanizables.

“En este tipo de discusiones legales puede empantanarse y estirarse el proceso judicial en forma muy extensa, mientras que el paso del tiempo termina favoreciendo que quien empezó con una carpa en el lugar, termine construyendo una casa de chapas o de material, –comentó un observador del proceso-, pero con el alto riesgo de que esas familias queden expuestas a situaciones de riesgo”.    

El proceso en la justicia civil podría tardar años

Quienes trabajan en el tema recordaron además que en el lugar hay personas que todavía no realizaron el trámite de radicación en el país, algo que exige expresamente la ordenanza general de Tierras del año 2012, que establece como requisito la naturalización o radicación definitiva en el país, según el artículo 27 de la norma.

De igual modo, surgieron versiones en torno a la especulación que se estaría dando en el marco del propio asentamiento: “Hay algunos que tomaron 3 terrenos y venden uno por 1 millón de pesos”, cuestionaron en esferas oficiales, amplificando las versiones de especulación inmobiliaria que siempre surgen en este tipo de eventos, donde la necesidad de algunos juega a favor de la falta de escrúpulos de otros.

En el medio también, juegan las faltas de respuestas, o excesos de lentitud de éstas, de parte de un sistema que, sea para el acceso a la tierra en condiciones legales o en la búsqueda de una vivienda social en condiciones regulares, la demanda queda altamente insatisfecha.

En ese contexto, la justicia deberá resolver si convalida la ocupación o si encuentra un camino alternativo, mientras sustancia un proceso que podría demorar años, con el agravante de sentar un nuevo precedente para la metodología que ya se vio consolidada en otros históricos asentamientos de la ciudad.

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