ESQUEL (ADNSUR) - La fiscal general de Sarmiento, Laura Castagno, enfrentará un Tribunal de Enjuiciamiento por su mal trabajo de investigación en un caso de abuso sexual de un padre a su hija. La acusan de no haber registrado a tiempo el testimonio de la víctima en Cámara Gessell ni haber ordenado pericias psicológicas. Por no presentar estas evidencias clave, el sujeto fue absuelto. El Consejo de la Magistratura consideró que Castagno demostró “desconocimiento inexcusable del Derecho”.

El caso involucró a una joven que desde sus 6 años sufrió manoseos en vagina y pechos de parte de su padre biológico. Ocurría en el baño de su casa en Las Heras, Santa Cruz. La familia se mudó a Sarmiento en 2005 y los episodios continuaron, agravados.

En 2013 la joven se lo contó a la madre. Llegaron a juicio oral patrocinadas por Castagno. Por falta de pruebas el hombre, de 57 años, fue absuelto por el juez Roberto Casal.

CONCLUSIÓN

Según destaca Diario Jornada, al investigar el caso, el consejero Claudio Petris concluyó que la fiscal “llegó el juicio sin ofrecer una de las pruebas indispensables para poder demostrar con el grado de certeza que requería una sentencia: la pericia psicológica”.

Petris explicó que los abusos sexuales ocurren en ámbitos privados, intramuros o aislados. Al investigador no le queda otro remedio que “reconstruir el hecho a través de todo rastro, vestigio o indicio”. De lo contrario, la ausencia de testigos representaría la impunidad del acusado. Por eso son importantes las pericias psicológicas, decisivas para reforzar el resto de las pruebas.

Castagno había pedido la Cámara Gessell para registrar el testimonio de la joven. Pero esa solicitud quedó sin efecto y ella ni se quejó. Tampoco la reemplazó por un peritaje psicológico, aunque al tiempo de los abusos la víctima era menor y hubiese sido una evidencia de su perturbación emocional por la victimización sexual. Una pericia hubiese demostrado que la chica no mentía. “Es de tal importancia esta prueba que su ausencia llevó a la absolución del imputado”, escribió Petris.

La fiscal debió saber que aunque es difícil recolectar pruebas en estos delitos, no es imposible. Sin testigos para reconstruir el abuso, sólo se cuenta con la memoria de la víctima. Y hay métodos científicos para saber si un relato es creíble. “Por eso se dice que la Cámara Gessell y la pericia psicológica son las pruebas de oro; porque el niño o niña va a dar datos de su memoria. No podía desconocer la fiscal lo esencial de esta prueba cuando en este caso el testimonio de la víctima era decisivo”.

El consejero concluyó que una fiscal no puede omitir estas pericias. “El incumplimiento de esta obligación determina un procedimiento inexcusable del Derecho. No tengo dudas de que hubo negligencia y desconocimiento del Derecho y no cabe otra solución que proponer enviarla a un jurado de enjuiciamiento”.

ANTECEDENTE

Los retos a Castagno habían iniciado ya en marzo de 2015, con el caso resuelto. En su fallo el juez Casal había considerado que “las idas y venidas de la Fiscalía generaron un notorio estado confusión. Esta situación afectó al acusado, que no sabe de qué defenderse, a la víctima que cree correctamente representado sus intereses, y hacia el magistrado, que debe hacer un innegable esfuerzo intelectual para discernir qué debe juzgar”.

Durísimo con la fiscal, el juez advirtió: “En ocasiones el litigante se confía en su capacidad y no prepara adecuadamente el debate, incluso sin planificar sobre qué va a interrogar a los testigos y tantas otras circunstancias, que más allá de responder a una estrategia procesal, denotan improvisación, desidia y hasta negligencia”.

Casal explicó que si la investigación fue deficitaria y el relato no persuade o se improvisó, el resultado no puede ser otro que la absolución. “Si esto no se comprende adecuadamente seguiremos apareciendo los jueces frente a la sociedad que nos mira impávida, como los únicos responsables de una mala administración de justicia, cuando en realidad el único responsable de su fracaso es quien afirmó sin confirmar”.

Los consejeros que votaron por el jury fueron Claudio Mosqueira, Martín Iturburu Moneff, Horacio Crea, Mario Glades, Claudio Petris, Julio Aristarain yOscar Massari. En cambio, Eduardo Pinsker, Rafael Lucchelli, Martín Montenovo, Jorge Pfleger y Héctor Carmelino, en minoría, eligieron elevar el informe al procurador general Jorge Miquelarena. Sólo el consejero Carlos Del Mármol votó por el archivo.

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