La Cámara Penal de Trelew integrada por los Jueces Roberto Adrián Barrios, Alejandro Gustavo Defranco y Rafael Luchelli, confirmó la pena de veinte años de prisión para un hombre de 80 años que había sido impuesta por el tribunal de enjuiciamiento el 23 de abril de 2021, por diversos hechos de abuso sexual en perjuicio de sus tres nietas menores de edad.

En la audiencia de impugnación celebrada el día 13 de julio en sede de este tribunal (art. 385 CPP) estuvo presente el imputado.

Durante la audiencia y en respuesta a la impugnación interpuesto por la defensa la fiscal general jefa Silvia Pereira concluyó en que la pena fue correctamente fijada por el tribunal, valorando atenuantes y agravantes, la naturaleza de la acción, la corta edad de las niñas, el daño causado a las mismas, la capacidad de autodeterminación del agresor y descartando el agravamiento por el vínculo al considerarlo ya contenido en el tipo penal.

En uso de la palabra la víctima M.A.E., expresó sentidamente su deseo de contar lo que le había sucedido, su falta de ganas de denunciar que hizo necesario que la llevaran para hacerlo sus padres, dada su mala predisposición con el tema. Continuó explicando que con tratamiento terapéutico pudo iniciar un cambio en su actitud hacia lo que le había ocurrido, abrir su mente, empezar a hablar; dijo que deseaba que el imputado pague por lo que hizo, que le generó un daño similar al que conlleva perder un hijo, un dolor que no sana, que nadie cura, en donde solo siente que no corre peligro si el imputado está encerrado, ya que de ese modo no podrá atacarla a ella, a sus hermanas, o a otra mujer.

Refirió los ataques de pánico que padece como secuelas de los hechos sufridos, daños que necesita que sean valorados por el tribunal, ya que tiene seguridad que no sanarán, porque tras los ataques físicos siguieron los psicológicos, la manipulación, que la trauma al punto de impedirle salir a la calle por los temores instalados, ya que si fue abusada en su familia, qué puede esperar del afuera.

Recordó las amenazas con las que el agresor la manipulaba para que no hablara sobre los abusos, todo lo cual la convirtió en una persona cerrada, recluida, que no cuenta sus problemas, provocando en ocasiones esos ataques de pánico que, como ha explicado, sufre.

Expresó que son dos años de juicio los que lleva sufriendo la situación a flor de piel, pero en realidad son diez padeciendo y callando lo ocurrido. Durante ese tiempo tuvo que aprender a vivir con lo sucedido hasta que lo pudo hablar, denunciar, aunque no se recupera pese al tratamiento psicológico que continúa realizando.

Analizó sus emociones recordando y reflexionando sobre su infancia, la inocencia que tenía cuando fue abusada, y el dolor que disimulaba tras “excusas pavas” para ocultar su llanto por estar quebrada por dentro; el condenado le arruinó su infancia, su vida –dijo-.

Finalizando rememoró el momento en que su hermana se animó a contar y nadie le creyó, siendo incluso desacreditada y descalificada, tratada de “mentirosa”, de “trola”, en medio de manipulaciones del abuelo abusador, que se encargó de separarlas, rompiendo una relación en la que eran muy unidas, para provocar así un nuevo daño a su infancia, algo que recién pudieron entender cuando crecieron.

Así las cosas, los magistrados Barrios, Defranco y Luchelli resolvieron por unanimidad rechazar la impugnación ordinaria deducida por el Defensor Público Lisandro Benítez en representación de imputado de 80 años de edad y confirmar íntegramente la sentencia Nº 982/2021 dictada en fecha 23 de abril de 2021 por el tribunal integrado por los Dres. Daniel Gustavo Castro, Mirta Del Valle Moreno y Daniel Camilo Pérez, debiendo hacerse cargo el condenado de los pagos de las costas del presente proceso.

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