COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El Dr. Eduardo Massot, presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados estuvo en Comodoro Rivadavia y mantuvo reuniones con la Cámara de Apelaciones local y el Consejo de la Magistratura a fin de establecer mecanismos que no resientan el ejercicio profesional de los abogados ni el derecho de los ciudadanos de acceder a la justicia. Se acordó la implementación de “guardias adecuadas” cuyo funcionamiento deberá ser controlado por la propia Cámara, “tendrá que estar el Juez, el secretario y la posibilidad de que disponga del personal que el juez considere adecuado para establecer esa guardia mínima. Será cada uno de los jueces de primera instancia los que van a determinar cómo funcionará el juzgado que tiene a su cargo”, manifestó en conferencia de prensa.

En su paso por la ciudad calificó como “muy crítica” la situación por la que atraviesa la provincia de Chubut, siendo Comodoro Rivadavia una de las ciudades “más comprometidas” respecto a la paralización del sistema de justicia.

“Nosotros nos hemos hecho eco del reclamo del Colegio Público de Abogados local. Realizamos una presentación tanto para el Poder Judicial como para el Ejecutivo exhortando al Poder Ejecutivo a que arbitre los medios económicos para que los salarios de los trabajadores judiciales se paguen en tiempo y forma para evitar esta conflictividad. Y al Poder Judicial a los fines de que la administración de Justicia no se vea resentida en este momento por el derecho a huelga que están ejerciendo los trabajadores”.

Este miércoles el representante de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) mantuvo reuniones con integrantes de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia a fin de establecer algunos mecanismos para que no se vea resentido el ejercicio profesional de los abogados ni el derecho de los ciudadanos de acceder a la Justicia.

“Creo que la solución no va a ser inmediata -admitió- el problema es económico financiero y sabemos que van a pasar algunos meses para que esto se pueda solucionar. Hasta que las finanzas de la provincia estén equilibradas – y enfrentar no solamente el pago de los judiciales, también de los distintos empleados públicos de la provincia- nosotros nos hemos puesto a disposición para llevar desde la abogacía organizada soluciones o colaborar para que esto no llegue a ser una conflictividad tal que debamos tener que elegir entre dos derechos fundamentales; el derecho a la huelga como derecho constitucional de cualquier trabajador y el derecho de acceso a la justicia que es un derecho humano de todos los ciudadanos.

Tenemos que tratar de encontrar soluciones para que esto no sea cada vez más gravoso para los ciudadanos”.

Guardias adecuadas

Semanas atrás la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia emitió una acordada donde se establece un sistema de guardias mínimas en los juzgados, “lo que nosotros hemos pedido es que estas guardias sean adecuadas a lo que requiere la sociedad, debe haber un verdadero contralor de las mismas por medio de la Cámara. El poder judicial es uno de los poderes del Estado, y como tal los jueces son el poder judicial, entonces uno entiende el derecho de huelga de los trabajadores porque es constitucional, pero los jueces tienen que llevar adelante la administración de justicia independientemente de las falencia o no de la atención de su personal”, dijo a lo que agregó que “las guardias adecuadas van a ser implementadas, así lo ha dispuesto la Cámara, tendrá que estar el Juez, el secretario y la posibilidad de que disponga el
propio juez el personal
que considere adecuado para establecer la guardia mínima. Será cada uno de los jueces de primera instancia que va a determinar cómo funcionará el juzgado que tiene a su cargo”.

Sobre la FACA

La Federación Argentina de Colegios de Abogados es un organismo autónomo integrado por 81 Colegios de Abogados y Asociaciones de Abogados de todo el país. Tiene por objeto representar, en su acción de conjunto, a los Colegios que la constituyen; ayudarlos y vincularlos para la mejor realización de sus fines estatutarios y prestarles su concurso cuando se afecte su existencia o regular funcionamiento.

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