Seguirá con preventiva el imputado por el asalto al mercado

El tribunal de revisión fue integrado por las juezas Daniela Arcuri y Mónica García; el Ministerio Público Fiscal representado por Julio Puentes, fiscal general y Andrea Serer, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Elizaincin fue ejercida por Claudia Torrecillas y Vanesa Vera, abogadas de la Defensa Pública.

En un primer momento la defensora solicitó al tribunal que “revoque el dictado de la prisión preventiva por tres meses” por parte de la jueza natural de la causa, Mariel Suárez por “arbitraria e irrazonable”. Recordando que el pasado 25 de marzo se produce el robo con arma al comercio denominado “La porteña” en el cual se lo vincula a Elizaincin. El 17 de abril se presenta voluntariamente ante la Oficina Judicial se lo notifica de una Orden de detención vigente y se realiza la audiencia de control de detención donde se le formulan cargos. La defensora recordó que Elizaincin no ha sido declarado rebelde en otros procesos y se ha presentado espontáneamente sin que haya sido notificado. La pena para el presente delito tiene un mínimo de 3 años y el imputado no tiene antecedentes penales, recordó la defensora. En este proceso no hay peligro de fuga por la expectativa de pena que no será de cumplimiento efectivo, por ello está mal dictada la prisión preventiva, concluyó. Pidiendo medidas sustitutivas para Elizaincin como su arresto domiciliario y presentaciones periódicas.

Por su parte el fiscal no comparte los argumentos de la defensora que la resolución de la jueza natural fuera arbitraria, “fue razonable y conforme a derecho”. El hecho que se investiga es grave y la pena en expectativa será de cumplimiento efectivo. El domicilio de Elizaincin nunca pudo ser corroborado y su madrastra dijo que hace meses que no reside en ese lugar y desconoce su paradero. La maniobra de desapoderamiento por la que se lo investiga en la presente causa quedó registrada en la cámara de seguridad del local comercial. El fiscal recordó que para el próximo 29 de junio el imputado enfrenta un juicio por el delito de incumplimiento, que en caso de recibir condena, la pena en el presente legajo será de cumplimiento efectivo. Elizaincin tenía una suspensión de juicio a prueba por un año y en el período de prueba comete el nuevo hecho de encubrimiento. Después de la suspensión se vio involucrado en 4 nuevos hechos contra la propiedad, por lo cual Puentes consideró que la prisión preventiva era proporcional y necesaria a la pena en espera. Solicitando se confirme en todo la resolución de la jueza natural que dictó la prisión preventiva del imputado, Elizaincin, por el término de tres meses.

Finalmente el tribunal de revisión resolvió por unanimidad confirmar en todos sus términos la resolución de la jueza Suárez, manteniendo la prisión preventiva de Elizaincin por tres meses, tal como le fuera dictada. Ello en base a que en su resolución la jueza entendió que había elementos de convicción suficientes para tener a Elizaincin como probable autor del ilícito investigado. La medida de coerción fue fundada de manera legal y no arbitraria, sostuvieron las juezas. Existen razones por las que hay que cautelar el presente proceso y por ello tuvo en cuenta el comportamiento del imputado en causas anteriores. Fundó el peligro de fuga en la gravedad del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento. Concluyendo que la resolución d ela jueza natural fue adecuada y conforme a derecho por los cual mantuvieron la prisión preventiva de Elizaincin por tres meses.

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