COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este sábado, el tribunal de debate dio a conocer su veredicto de responsabilidad penal por el robo agravado a Drugstore sobre Av. Kennedy que tiene como responsable a Elías Sandoval, acontecido el pasado 2 de diciembre de 2018.

Los jueces declararon la responsabilidad penal de Elías Sandoval en el hecho bajo la calificación jurídica de “robo agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada” en calidad de “coautor”. El próximo jueves 1° de octubre, a las 12:30 hs. se realizará la audiencia de imposición de pena o cesura.

La materialidad del hecho está fuera de discusión y no existe ningún defecto en la prueba de cargo que permita concluir que los hechos han ocurrido de una manera diferente a lo relatado por la representante de fiscalía, sostuvieron los jueces.

La estrategia de la defensa fue tal como lo anticipara esperar a ver el resultado del debate y en que podía beneficiar a su pupilo. El Ministerio Público Fiscal ha intentado acreditar la coautoría de Sandoval en el hecho con la declaración de las víctimas. Lo que los testigos vieron en redes sociales que les permitiera a ellos llegar a la conclusión que fue Sandoval uno de los autores del hecho.

Los otros dos argumentos probatorios que trae la fiscal son sin dudas los elementos que demuestran que efectivamente fue Sandoval uno de los dos autores del ilícito. Uno de estos elementos fue la declaración de un miembro de la Brigada de Investigaciones, unos días antes identifica a Sandoval.

El imputado es conocido desde menor en el ámbito penal y cuando se lo observa en el video se detecta que es él. La materialidad y la autoría del hecho ha sido acreditada con la suficiente certeza.

El segundo planteo de la defensa que el arma de fuego usada al momento del hecho contaba con aptitud para ser disparada. Una vez acontecido el hecho, el arma de fuego quedó guardada en la parte posterior del comercio por una decisión de una de las víctimas que la lleva hacia ese lugar.

Luego le indica a los funcionarios policiales donde estaba el arma hasta que llega Criminalística y la secuestra. El arma era calibre 32 mm. y estaba cargada con 4 municiones. Tras la pericia balística las 4 municiones resultaron efectivas. Al momento solo estaba imputado Soriani, no Sandoval porque se encontraba prófugo.

No hubo control de la pericia balística por parte de la defensa de Sandoval, sólo por la defensa de Soriani, ya que Sandoval fue detenido tiempo después. La perito cometió un error ya que debió dejar dos municiones por si la defensa de Sandoval solicitaba hacer una contrapericia, argumentaron los jueces. Se debe garantizar el debido proceso y el resguardo de los derechos y garantías constitucionales de toda persona traída a proceso. Siempre las pericias deben ser controladas por las partes.

Por ello declararon la invalidez parcial de la pericia balística en relación a Sandoval, y consecuentemente con ello declarar la responsabilidad penal de Elías Sandoval en el hecho bajo la calificación jurídica de “robo agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada” en calidad de “coautor”.

El tribunal de debate estuvo integrado por los jueces penales Mariano Nicosia, Alejandro Soñis y Jorge Odorisio; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Verona Dagotto, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.

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