En casos judiciales complejos, la salud física y mental del imputado suele ser un factor clave para definir las condiciones de detención. Sin embargo, no siempre estos argumentos resultan suficientes para modificar la modalidad de cumplimiento de la condena, especialmente cuando existen consideraciones sobre la proporcionalidad y seguridad del proceso. 

La defensa de José López solicitó prisión domiciliaria alegando riesgos vinculados a su condición psiquiátrica y su rol como testigo arrepentido en causas emblemáticas, pero el tribunal no encontró fundamentos probatorios sólidos para otorgar el beneficio.

El juez a cargo evaluó informes médicos y psicológicos que indicaron que López no presenta patologías que impidan su alojamiento en un penal ni que puedan agravarse por esta situación.

 Además, se ordenaron medidas para asegurar la continuidad de su tratamiento psiquiátrico dentro del sistema carcelario, así como un reforzamiento en las condiciones de seguridad para proteger su integridad.

El Tribunal Oral Federal N.º 2 rechazó este viernes la solicitud de prisión domiciliaria presentada por la defensa de José López, condenado en la Causa Vialidad
El Tribunal Oral Federal N.º 2 rechazó este viernes la solicitud de prisión domiciliaria presentada por la defensa de José López, condenado en la Causa Vialidad
Infobae

El Tribunal Oral Federal N.º 2 rechazó este viernes la solicitud de prisión domiciliaria presentada por la defensa de José López, condenado en la Causa Vialidad. El pedido había sido fundamentado principalmente en problemas de salud mental y el riesgo que, según la defensa, enfrentaría López por su condición de imputado arrepentido en otra causa judicial conocida como la de los Cuadernos.

El abogado de López alegó que existía un peligro para la vida e integridad de su cliente, vinculado directamente con su calidad de testigo arrepentido, y solicitó que cumpliera la condena bajo arresto domiciliario en Río Gallegos, domicilio consignado previamente por el propio condenado. Sin embargo, el juez Jorge Gorini, a cargo de la causa, desestimó la petición debido a que no se presentaron elementos probatorios suficientes que sustentaran el supuesto riesgo.

Respecto a la salud del condenado, el Tribunal basó su decisión en informes del Cuerpo Médico Forense que concluyeron que López no presenta enfermedades o dolencias que impidan ser tratado adecuadamente o que puedan agravarse dentro del sistema penitenciario. El informe psiquiátrico también señaló que no existen síntomas compatibles con desestructuración psicótica o alteraciones en sus funciones cognitivas que justifiquen un cambio en las condiciones de su detención.

El pedido había sido fundamentado principalmente en problemas de salud mental y el riesgo que, según la defensa, enfrentaría López por su condición de imputado arrepentido en la causa Cuadernos
El pedido había sido fundamentado principalmente en problemas de salud mental y el riesgo que, según la defensa, enfrentaría López por su condición de imputado arrepentido en la causa Cuadernos

A pesar del rechazo a la prisión domiciliaria, la sentencia estableció que se garantice la continuidad del tratamiento psiquiátrico que López venía realizando, con la periodicidad y seguimiento recomendados por los profesionales de la salud. Además, se ordenó a las autoridades reforzar las medidas de seguridad para proteger la vida e integridad del condenado dentro del penal.

Cabe recordare que el exsecretario de Obras Públicas acudió a Comodoro Py. En tanto, el martes 17 de junio por la tarde, fue llevado a una cárcel federal. 

LA CAUSA VIALIDAD

La causa judicial tiene origen en 2013, cuando se difundieron videos grabados en la financiera SGI, conocida como “La Rosadita”, donde se observaba a Martín Báez, hijo del empresario, manipulando grandes sumas de dinero en efectivo.

En 2021, Lázaro Báez fue condenado a 12 años de prisión, sentencia que fue luego reducida a 10 años por la Cámara de Casación. Junto a él, también fueron condenadas otras personas vinculadas al circuito de lavado, entre ellos varios de sus hijos, abogados y financistas. Entre las penas se destacan la de Martín Báez (6 años y 6 meses), Daniel Pérez Gadín y Jorge Chueco (6 años), entre otros.

Cristina fue condenada tras el fallo de la Corte Suprema y quedó inhabilitada para ejercer cargos públicos
Cristina fue condenada tras el fallo de la Corte Suprema y quedó inhabilitada para ejercer cargos públicos
Los Andes

Con respecto a Cristina Fernández de Kirchner a Corte Suprema confirmó en junio la condena por corrupción en la causa Vialidad, centrada en el direccionamiento de obras públicas viales a favor del empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz, durante los gobiernos kirchneristas.

El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentados por la ex mandataria y sostuvo que “el debido proceso ha sido salvaguardado” y que “la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley”. Además, se ratificó su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Con información de TN, redactada y editada por un periodista de ADNSUR

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