COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) -  Este miércoles al mediodía se realizó la audiencia de control de detención del ex secretario de Seguridad municipal Antonio Zúñiga, y de los empleados Juvenal Velázquez y Víctor Barrientos, quienes fueron detenidos este martes en el marco de un allanamiento en la Secretaría de Seguridad vinculado con una causa de prostitución y cohecho. Durante la audiencia imputaron a los tres detenidos en la causa y les dictaron tres meses de prisión preventiva. Mirá lo que Zúñiga declaró ante la jueza Daniela Arcuri.

EXACCIONES ILEGALES AGRAVADAS E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIO

Con el dictado de la prisión preventiva por tres meses para el Secretario de Seguridad del Municipio local, Antonio Zúñiga y dos de sus consortes de causa: Juvenal Velázquez y Víctor Barrientos, concluyó la tarde del miércoles la audiencia de control de detención y apertura en sede de los tribunales penales ordinarios del barrio Roca. En el acto se les formalizó el hecho a los tres imputados en base al delito de “exacciones ilegales agravadas por la modalidad de delito continuado, en concurso real con incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Se estableció el plazo de seis meses para concluir con la investigación y finalmente el defensor solicitó la revisión de la medida de coerción ante dos jueces distintos de la actuante.

Presidió el acto Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Juan Carlos Caperochipi, fiscal jefe; Camila Banfi y Martín Cárcamo, fiscales generales; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.

QUE SE LES IMPUTA

El hecho a investigar que los fiscales solicitaron se les impute a para Zúñiga, Velázquez y Barrientos, aconteció entre septiembre de 2013 hasta la actualidad, cuando los tres imputados funcionarios públicos de la Secretaría de Seguridad Municipal, valiéndose de su condición de autoridad de aplicación, hicieron un claro uso abusivo de sus funciones exigiendo a titulares y propietarios de VIP’s la entrega semanal de dinero para permitir su funcionamiento y que se continúe ejerciendo en ellos la prostitución. Los tres funcionarios incumplieron la Ordenanza de prohibición de lugares donde se facilite el ejercicio de la prostitución. Calificando provisoriamente el hecho como exacciones ilegales agravadas por la modalidad de delito continuado, en concurso real con incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Asimismo los fiscales solicitaron se declare legal la detención de para Zuñiga, Velázquez y Barrientos ya que la misma fue realizada por Orden de un juez penal competente, junto a Órdenes de allanamiento y registro domiciliario autorizados a la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

Los fiscales se refirieron a testimonios de coimputados en la causa, Guillermina Ferreira Almada y su pareja Cuellar Gamboa, sobre que proxenetas recibían protección policial y municipal. Los pagos se realizaban a Zúñiga y Velázquez. Zúñiga era quién cobraba las coimas de los VIP’s del centro. Juvenal Velázquez hacia las requisas y también intervenía Barrientos. Zúñiga y Pulley plantaron pruebas en otros legajos, aseguró la fiscal. También se refirió a que los imputados realizaban espionaje ilegal ordenado por Zúñiga.

En igual sentido los fiscales solicitaron el plazo de ley, seis meses para concluir con la investigación y la prisión preventiva de los tres imputados por tres meses en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables coautores del hecho que se investiga, mencionando la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.

QUÉ ARGUMENTA LA DEFENSA

La defensa por su parte aseguró que no queda claro cuando se tomaron las 14 entrevistas y qué cambió para que se produzca la detención de sus asistidos. Si hubo omisiones a los deberes de funcionario público ¿porqué no se imputó a Carlos Marsó? preguntó el defensor. No se opuso al inicio de la investigación pero si al pedido de prisión preventiva. Seguidamente los tres imputados accedieron a declarar negando su participación en el hecho. Iglesias se refirió a las tensiones políticas que hemos leído en los diarios y que la pena en espera será de cumplimiento en suspenso. Sus defendidos poseen arraigo con lo cual se neutralizaría el peligro de fuga. Con la prisión preventiva se está protegiendo derechos sustantivos como la alarma social o la opinión de la gente y no se debe tomar la misma como un adelanto de pena. Solicitando la prisión domiciliaria para Zuñiga, Velázquez y Barrientos por el término de tres meses, con prohibición de contacto con testigos.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de para Zuñiga, Velázquez y Barrientos, mencionando el espionaje, la para-inteligencia para extorsionar a proxenetas, los allanamientos ilegales sin orden judicial y la negociación de dádivas por parte de Zúñiga. También se refirió la jueza a la probabilidad de autoría y a los elementos de convicción suficientes traídos por la fiscalía para autorizar la apertura de investigación preparatoria. Dando por formalizada la apertura de investigación preparatoria, por anoticiados a los imputados por el hecho y por asegurada su defensa técnica. Estableciendo finalmente la prisión preventiva por tres meses para para Zuñiga, Velázquez y Barrientos. El defensor solicitó se designen dos jueces distintos para revisar el decisorio de la jueza Arcuri.

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