El Juicio por Jurados, también conocido como “Juicio Popular” está presente en la Constitución Nacional desde 1853

De ese tiempo a esta parte, pasaron 170 años con la implementación de este sistema jurídico. Comenzó a utilizarse con más frecuencia durante la última década.

QUÉ ES EL JUICIO POR JURADOS

Es un sistema que garantiza la participación ciudadana. Allí, 12 personas deben decidir y dar su veredicto de culpabilidad o no culpabilidad, respecto a presuntos criminales, abusadores y delincuentes. 

En este sentido, sólo se juzgan todos los delitos graves que puedan ser penados con más de 15 años de prisión, excepto en casos de corrupción.

EN QUÉ PROVINCIAS ESTÁ VIGENTE 

En el país se utiliza en 10 provincias, además de la Ciudad de Buenos Aires. La primera provincia que incorporó este proceso, fue Córdoba en 2004; Neuquén en 2011; Buenos Aires y Chaco en 2015. Luego se sumaron San Juan, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut y Catamarca.

Sin embargo, se espera que se desarrolle en todo el territorio nacional.

LA NOTIFICACIÓN Y LA SELECCIÓN DE LOS CIUDADANOS

El proceso comienza con la selección de personas que formarán parte del jurado. Según indicaron, se realiza un pequeño padrón en base a un sorteo y son citados más de 40 ciudadanos. 20 hombres y 20 mujeres de entre 21 y 75 años.

Luego de realizar el sorteo, dos policías de la comisaría más cercana, son los encargados para llevar la documentación a la dirección de la persona preseleccionada para ser parte del jurado. El acto soberano es obligatorio y uno no puede negarse a asistir. Incluso, la falta al trabajo está justificada y el empleador no podrá descontar el día.

En esa primera audiencia, se filtra a las personas que tengan impedimentos para ejercer de jurados. Entre otras cosas, no pueden tener vínculos con la víctima, con el imputado ni con el fiscal. No pueden ser abogados ni ejercer cargos públicos por elección popular. Tampoco pueden estar en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad.

El Juicio por Jurados garantiza la participación ciudadana. Allí, 12 personas deben decidir y dar su veredicto de culpabilidad o no culpabilidad Foto: Data Judicial
El Juicio por Jurados garantiza la participación ciudadana. Allí, 12 personas deben decidir y dar su veredicto de culpabilidad o no culpabilidad Foto: Data Judicial

Además, las partes podrán recusar a algunos jurados y decidir si se quedarán durante el proceso o son descartados. Lo podrán hacer sin dar argumentos sobre por qué desisten de esa persona. También, el propio jurado puede manifestar su deseo de retirarse por distintos motivos: por problemas de salud, porque no tienen con quién dejar a sus hijos, o por otras causas factibles.

Una vez elegidos los 12 miembros, durante el lapso de una semana, el jurado deberá escuchar a las partes en su alegato de apertura y cierre, a testigos y peritos que describen con lujo de detalles lo que pasó en el hecho por el que fueron citados.

El debate lo dirige un juez técnico, quien lee las instrucciones y maneja los hilos durante todo el juicio. Este magistrado o magistrada no puede decidir sobre el acusado.

Bajo ninguna circunstancia los ciudadanos pueden salir de la sala de audiencia mientras los testigos están declarando. El juicio tampoco puede ser interrumpido (salvo excepciones de fuerza mayor), por eso, debe llevarse a cabo en el término establecido que suele ser de entre dos a cinco días.

Al jurado se le paga una suma determinada por día como parte de los viáticos. En total, deben percibir dos Jus (Unidad de Medida Arancelaria) que en la actualidad es de $8.529 cada jus. Si el titular del Tribunal que interviene en la causa lo solicita, los jurados podrían ser alojados en un hotel, pero no es tan usual.

El juicio termina con un veredicto. Los jurados deberán permanecer juntos en una pequeña sala donde decidirán si el acusado es culpable o inocente. Esta instancia debe tener una resolución inmediata, sin embargo, puede durar horas, y por eso a veces las sentencias a veces se dan de madrugada.

LA PALABRA DE UNA FISCAL

Tanto en el sistema tradicional de juicios o en el de jurados hay fortalezas y debilidades. Para los litigantes, es más fácil cuando hay jueces profesionales, ya que hay un idioma en común y conocimientos adquiridos. De esa forma, se nos facilita trasmitir la posición que cada parte tiene”, señaló la fiscal Victoria Huergo

De igual forma, reveló que tiene un punto débil: “Los jueces generalmente llegan con una idea de la causa, porque tuvieron contacto con el expediente y suelen llegan con una posición previa. Es difícil revertir esos preconceptos que ya fueron instalados”

En cuanto a los juicios por jurados, la fiscal sostuvo que “al no tener ningún conocimiento de derecho, hay que hacer un esfuerzo enorme para explicar cuestiones que son médicas o psiquiátricas. Uno tiene que poder trasmitir en un lenguaje claro y convincente de sus posiciones, porque eso va a ser determinante para el resultado”, cerró Huergo.

Con información de TN

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