La justicia federal procesó a los responsables del geriátrico ‘Hogar del Nuevo Sol’, a quienes les imputó conductas de abandono de personas agravado por el resultado de 8 personas muertas, a raíz de que en ese establecimiento hubo contagios y propagación del COVID 19, en al menos 53 casos, según lo establecido en esta etapa de la investigación, a partir de la denuncia formulada en diciembre del año pasado desde el Área Programática Sur.

Se trata del segundo hogar para personas de la tercera edad donde la justicia federal avanza en una investigación similar, ya que el anterior había sido el caso de “Mi Hogar”, donde también se decretó el procesamiento del empresario y la médica responsable del lugar.

En este caso, el procesamiento es sobre Eduardo Rubén Tejero, María Graciela Tejero, como responsables legales y el responsable médico, Iván Alberto Desábato, en todos los casos por la figura delictiva derivada del artículo 106 del Código Penal, agravado por el fallecimiento de personas que estaban internadas en ese ámbito.

Esa tipificación prevé penas de 2 a 6 años de prisión para “el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado”.

La escala de penas se agrava a medida que empeora el resultado de la conducta: si a consecuencia del abandono se produce la muerte de una persona, el mínimo previsto es de 5 años y el máximo de 15 años de prisión.

Vale recordar que el procesamiento significa un avance en la investigación, para llegar a la etapa del juicio oral y público, pero todavía quedan instancias previas, como la posibilidad de que la Cámara Federal revise esta decisión, a partir de requerimientos de la defensa de los imputados.

Los fundamentos de la grave acusación

La resolución dispone además trabar embargo por 2 millones de pesos sobre cada uno de los 3 imputados, quienes continuarán en libertad provisional durante el proceso judicial. El mismo se inició ante una denuncia de Myriám Monasterolo, directora del Área Programática Comodoro Rivadavia, a raíz de que desde el 30 de noviembre del año pasado se produjo una secuencia de 3 fallecimientos de personas internadas en el geriátrico, a quienes el hisopado post mortem arrojó resultado positivo.

Ante esas circunstancias, el 4 de diciembre la autoridad sanitaria resolvió avanzar en una inspección al lugar, que derivó en la detección de 53 PRC positivos, de los cuales 12 correspondían al personal empleado en el lugar y el resto a personas residentes en el hogar.

En el procesamiento firmado por la jueza federal Eva Parcio se indica que los responsables jurídicos del hogar y el médico encargado “no efectuaron medida alguna” de prevención, “con las graves implicancias y consecuencias que ello conllevaba, como finalmente aconteció”.

El cuestionamiento es porque según surge de los testimonios recabados, e responsable del geriátrico confirmó que durante varios días de fines de noviembre hubo una cantidad llamativa de cuadros de fiebre, “lo cual no es usual y habitual en adultos mayores”, lo que debió llamar la atención de los responsables, en tiempos en que la pandemia se transitaba en la ciudad con altos indicadores de contagios.

Esas prevenciones debieron adoptarse desde el 21 de noviembre, cuando se registró al primer residente con síntomas, pese a lo cual la falta de acción preventiva posibilitó la posterior propagación del virus en el establecimiento.

Según surge de la resolución, “los imputados desplegaron una tajante conducta criminal al ni siquiera utilizar medidas simples, lógicas y comunes como era separar  a las personas enfermas de las que no lo estaban, por lo que todas estas personas (sanas e infectadas) siguieron compartiendo habitaciones y áreas comunes como el salón comedor y los baños”.

8 muertes y 53 contagios

Tanto el médico como los responsables del lugar omitieron ordenar la inmediata derivación, de las personas afectadas, “a un centro de asistencia médica, lo que pone de manifiesto que no se efectuó el abordaje médico-sanitario y legal que correspondía, mucho más teniendo en cuenta que al tratarse de personas de avanzada edad se debe accionar de forma inmediata los protocolos de actuación y acciones de preservación y cuidados en atención a su condición de vulnerabilidad y ante una enfermedad nunca antes tratada”.

Para la jueza, a raíz de las conductas desplegadas por los imputados “se gestó una situación real de abandono y desamparo con un peligro cierto, real y concreto de los residentes del hogar que tuvo como desenlace el trágico final de ocho (8) muertes y aproximadamente 53 personas infectadas, así como el diagnóstico por parte del Organismo de Salud de la existencia de un brote de virus COVID 19 en las instalaciones del hogar de larga estadía”.

En relación a lo anterior, el argumento de la acusación toma en cuenta que el 28 de noviembre el director de la clínica comunicó que dos de sus empleados habían arrojado resultados positivos de coronavirus, pese a lo cual continuaron trabajando desde días anteriores al hisopado, desde que presentaban síntomas compatibles con la enfermedad.

Del mismo modo, se verificó que el 28 de noviembre falleció una de las personas internadas, pese a lo cual no se dispusieron medidas sanitarias de cuidado, lo que debería haber comenzado por aislar al propio médico interviniente, según los protocolos vigentes, además de dar aviso a las autoridades:

“Es importante señalar que este ‘modus operandi’ desplegado por parte de  las autoridades del citado hogar de larga estadía, tanto los representantes legales como médico sanitario, de ocultamiento de información hacia el organismo sanitario, resulta ser una constante, direccionando su accionar en este sentido desde el principio”, asegura el extenso escrito judicial, analizado para este informe exclusivo de ADNSUR.

“Especial relevancia adquiere que frente a los síntomas que se les iban manifestando a los residentes del lugar, que se correspondían con casos de COVID 19 y que para el común de las personas se les representaban esta hipótesis, los imputados no sólo que la omitían deliberadamente, sino que además ni siquiera la tenían en cuenta al menos para su descarte”.

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