COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - “Resulta palmario que es el propio Estado Nacional, quien resulta ser el propietario de cada dosis de vacuna Sputnik V –sostienen los fundamentos del planteo para pasar la investigación desde la justicia provincial a la federal-, que es el propio estado nacional quien las distribuye y que estableció un plan nacional para la aplicación de la misma, todo ello a los fines de evitar la propagación de la pandemia”. Entre las citas jurídicas, el documento al que tuvo acceso exclusivo ADNSUR hace referencia a que todos los delitos vinculados a la pandemia se encuadran bajo el artículo 205 del Código Penal de la Nación, que contempla las penalidades para quienes pongan en riesgo la salud pública, en el marco de una situación de emergencia sanitaria como la actual.

Y añaden: “Los distintos hechos de reciente investigación, referidos al desvío de las vacunas del circuito legalmente establecido y su aplicación en grupos de personas en condiciones no fijadas por el protocolo nacional, resultan invariablemente materia de intervención de la justicia federal (denuncia contra el ex ministro Ginés González García, Horacio Verbitsky, entre otros)”, sostienen los fiscales locales.


En ese marco, avanzan también sobre la responsabilidad de los funcionarios públicos involucrados a nivel local: “Así, no solamente los eventos materialmente concretos contra los bienes del Estado Nacional deben ser investigados por la Justicia de excepción, sino también la posible desviación de las conductas exigidas y esperadas de todos los funcionarios públicos involucrados en la materialización del Plan Estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina”.

Manejo precario del sistema de vacunación

También dejan al descubierto la forma precaria con la que se manejó hasta ese punto el plan de vacunación, al menos desde el punto de vista de los cuidados y registros necesarios: “No sólo se ha afectado el patrimonio del estado federal, sino que también la salud de los habitantes de la República, toda vez que se han manipulado dosis sin el protocolo específico que requiere la vacuna en cuestión para su conservación, no se ha respetado el plan estratégico de vacunación, como tampoco se ha dado cumplimiento a las anotaciones en los correspondientes registros lo que impide realizar el control y seguimiento de los efectos de la vacuna en esta situación de pandemia, encontrándose comprometida la salud pública”.


En otro párrafo de la presentación, se lee: “Se han violado todos los protocolos de conservación y traslado de la vacunas, el orden de prioridades establecido para la vacunación según los criterios de prioridad epidemiológica, como así también el posterior registro de la aplicación de las dosis, toda vez que conforme informara el Ministerio de Salud de la Provincia, no existen datos en el Registro Nacional de Vacunación Nominalizado (NomiVac- SISA), de las personas que fueron vacunadas el día 29 de enero de 2021, circunstancia que impide conocer la evolución de las personas vacunadas”.

Participación de autoridades sanitarias

Además, sugieren que las hipótesis de investigación deben ampliarse, no descartando la existencia de un sistema en el que pudieron participar otros sectores que incluyen a autoridades del sistema sanitario, organizaciones gremiales y obras sociales.


“Se han podido recabar elementos que acreditan que en las instalaciones de la Obra Social de camioneros de esta ciudad se ha realizado la aplicación de la primera dosis de la vacuna Sputnik V, el día 29 de enero de 2021, y que se realizaría la aplicación de la segunda dosis el día 19 de Febrero de 2021, en ambos casos a un grupo de al menos 21 personas, las que no se encuentran comprendidas en los grupos prioritarios que establece el Plan Estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina”, sostiene la presentación.


“Ello permite plantear una hipótesis de desvío de vacunas desde el sistema de salud, inobservando las normas nacionales dictadas a los fines de la distribución, conservación y traslado de las vacunas, las que fueron adoptadas con un fin esencial como es evitar la propagación de la pandemia, eventos que no necesariamente están vinculados con el hecho nuclear denunciado por la autoridad sanitaria”, añaden.

Los fiscales vincularon el “vacunatorio vip” de Comodoro con el "modus operandi" con el que se investiga a Nación


“Las medidas desplegadas a los fines de investigar un hurto de vacunas en el Hospital Regional de esta ciudad, han brindado elementos que hacen suponer un abanico de conductas delictivas tanto en cabeza de las autoridades que tenían a su cargo la  custodia, conservación, traslado y aplicación de las dosis –apuntan los fiscales-, como en la persona de los directivos de la Obra Social involucrada, quienes justamente por la actividad que realizan no podían desconocer las normas dictadas en el contexto de la pandemia”.

Demora en realizar la denuncia

El extenso escrito de los fiscales cuestiona la tardanza de las autoridades del Área Programática Sur en realizar la denuncia por el faltante de 30 dosis, que había sido detectado desde el 27 de enero, al tiempo que añaden: “el día 2 de febrero de 2021, una funcionaria del sistema de salud le habría informado a la Directora del Área Programática Sur que en la Obra Social de Camioneros de esta ciudad se habían vacunado un grupo de empleados el día 29 de enero de 2021”, señalan Rubio y Caperochipi ante el juez Caviglia. Vale recordar que fue ese mismo día, cuando se realizó la denuncia penal.


Para los fiscales, dicha conducta configuraría “incumplimiento de los deberes de funcionario público, ello sin perjuicio de su obligación de hacer cumplir la ley nacional en cuanto a la distribución, conservación, aplicación y registro de las dosis de las vacunas Sputnik V que se asignaban al Área Programática sur de la cual se encuentra a cargo”.


Para las autoridades de la obra social de Camioneros, entienden que la acusación penal de mínima sería la de “encubrimiento”, debido a que debían estar en conocimiento de que el procedimiento no estaba incluido en el plan oficial de vacunación.


Finalmente, los fiscales piden el traspaso de la investigación a la justicia federal, sobre la base de las actuaciones iniciales que en el ámbito provincial obtuvieron información probatoria suficiente para llegar a determinar las responsabilidades correspondientes: “Se puede establecer que los delitos cometidos por múltiples actores serían, en principio, conductas comprendidas en el art. 205 por violación de la normas nacionales destinadas a evitar la propagación de la pandemia, hurto, encubrimiento, incumplimiento de los deberes de funcionario público –concluyen-, y surgiendo claramente la afectación al interés público Nacional y a la salud de la población de la Nación, corresponde declarar la incompetencia de la jurisdicción a su cargo y en consecuencia, la remisión de lo actuado junto a los secuestros a la Justicia Federal”.

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