COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este miércoles se desarrolló en tribunales la tercera jornada de debate en relación a una causa por desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario que tiene como imputados a Martín Buzzi y Néstor Di Pierro, exintendentes de Comodoro. En la fecha se dio lectura a la prueba documental de la causa y para mañana jueves se esperan los alegatos finales de las partes.

De acuerdo a lo detallado por la Fiscalía, el hecho ventilado en el juicio aconteció el 14 de diciembre del año 2007, cuando la Sala en lo Civil del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut dictó Sentencia Definitiva en relación a los autos caratulados: “Dos Santos Pires, Idalio c/ Municipalidad de Comodoro Rivadavia s/ Ejecución de Sentencia” mediante la cual puso fin a un largo litigio existente entre Idalio Dos Santos Pires y la Comuna local en relación al fundo urbano identificado como Lote “e” de la Manzana 65 del Barrio Industrial de Comodoro Rivadavia.

En ese sentido, el Punto 3° de la parte resolutiva del fallo rezaba: “insistir en el cumplimiento de la Sentencia Definitiva dada por la misma Cámara, intimando a la demandada Municipalidad de Comodoro Rivadavia a dictar en el término de cinco días desde que quede firme la presente, el acto administrativo que apruebe la cesión de derechos efectuada por el Sr. Delfor Martínez a favor del actor sobre el lote “e” de la manzana 65 del Barrio Industrial de la misma ciudad. Si cumplidos la demanda no lo agrega al juicio, la Cámara aplicará intereses a razón de pesos quinientos ($ 500) por día de retraso y dará intervención a la Justicia Penal competente.”

En cumplimiento de la manda antes mentada, el Ejecutivo Municipal, en la persona del por entonces su titular, intendente Martín Buzzi, dictó las resoluciones mediante las cuales se aprobó la cesión de derechos llevada a cabo entre los Sres. Martínez y Dos Santos Pires, y resolvió otorgar Título de Propiedad a favor de este último, todo en relación al lote ya referenciado.

Sin perjuicio de ello, posteriormente el mismo jefe del Ejecutivo municipal resolvió, mediante Resolución N°: 2227/08: “Suspender la ejecutoriedad de la Resolución 1108/08”, la que seguidamente fue abrogada mediante Resolución N°: 2457/09, dando muestra cabal de la ilegitimidad manifiesta que evidenciaba esta desde su dictado.

Por último, y ante múltiples dictámenes de la Asesoría Letrada del Municipio, mediante Resolución N°: 2108/10, el mismo Buzzi resolvió dejar sin efecto la Reserva efectuada mediante Resolución 2068/92, e intimar (al Sr. De Roberto) a desocupar el inmueble, libre de ocupantes (sic) y casas.

A partir de allí ninguna acción positiva han tomado para dar cumplimiento a la Sentencia del Superior Tribunal, ni a la Resolución N°: 1108/08 no obstante estar esta última en plena vigencia; negándose a ejecutar dichos mandatos legales, tanto Buzzi, ni el sucesor de este el intendente, Néstor José Di Pierro, siendo que este último contó con partidas presupuestarias para hacer frente a la obligación en mora durante los ejercicios 2.012 (Ordenanza N°: 10.303/11 Anexo IX $ 4.400.000), 2.013 ($ 2.500.000) y 2.014 (1.500.000); inejecución que ha irrogado ya ingentes perjuicios al erario Municipal, por los que deberán responder en el fuero respectivo.

Los hechos fueron calificados legalmente como “desobediencia judicial en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público” en calidad de “autores” para Buzzi y Di Pierro.

Presidió el acto como tribunal unipersonal Raquel Tassello, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Héctor Iturrioz, fiscal general; en tanto que la querella fue ejercida por José María Ferreira de las Casas. La defensa de Di Pierro fue realizada por Guillermo Iglesias; en tanto que la de Buzzi por Lucía Pettinari, defensor particular y defensora pública respectivamente.

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