COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este lunes por la mañana se llevó a cabo la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio a los inspectores de tránsito municipales Facundo Garbarino y Mauro Cárdenas. La fiscal solicitó la pena de 7 años de prisión para ambos en virtud de haber sido declarados penalmente responsables del delito de “extorsión en concurso real con robo agravado por el uso de arma, en grado de tentativa” por los hechos acontecidos el pasado 10 de marzo de 2016. El defensor de Garbarino requirió que se aplique el mínimo de la pena establecida para el delito y que la pena no exceda los tres años de prisión, subsidiariamente el mínimo legal de cinco años. Asimismo, el abogado de Cárdenas solicitó la pena de dos años y seis meses de prisión para su defendido. Por su parte, el tribunal informó que este martes al mediodía se conocerá el veredicto de la pena.

El tribunal de debate fue integrado por las juezas penales Daniela Arcuri y Mariel Suárez y estuvo presidido por Gladys Olavarría; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general. La defensa de Cárdenas fue ejercida por Alejandro Fuentes y la de Garbarino por Francisco Miguel Romero, abogados particulares de los mismos.

En un primer momento se escuchó la palabra de testigos. Dos inspectores municipales compañeros de trabajo de ambos imputados refiriendo que "son buenas personas y que tienen una excelente relación con compañeros de trabajo y sus jefes". La madre de Cárdenas se refirió a su nieto; dijo que le explicaron que su padre “no puede salir de su casa porque se portó mal”. Para ella esto es una pesadilla y “siempre le inculqué principios”, expresó. En igual sentido, la pareja de Cárdenas aseguró que era muy apegado a su hijo y a la familia; “nunca tuvimos ningún problema con nadie”.

La fiscal Banfi solicitó al tribunal que luego de la declaración de responsabilidad penal de los imputados se les imponga la pena de 7 años de prisión. Ello teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes contempladas en el Código Penal, informó el Ministerio Público. Como agravantes consideró la modalidad como ocurrieron los hechos, el despliegue que han hecho y el uso de uniformes. También la pluralidad de autores y que concurrieron ambos en un plan delictual. Asimismo, consideró la fiscal como agravante la nocturnidad en que fueron cometidos ambos hechos y la calidad de sujetos como funcionarios públicos, debieron orientarse en la norma. Según los exámenes mentales obligatorios, ambos imputados comprenden la criminalidad de sus actos y no poseen enfermedad mental alguna. Como circunstancia atenuante la fiscal consideró la falta de antecedentes penales y la edad de los mismos.

Por su parte, el defensor de Garbarino adelantó que recurrirá la sentencia y que "la violencia esgrimida por la fiscal es propia del delito contra la propiedad. No debe considerarse la pluralidad de autores y tampoco el agravante de la nocturnidad. La calidad de funcionarios públicos también debe descartarse. Deben considerarse como atenuantes la corta edad y la carencia de antecedentes penales. Existen evidencias que no estaban plenamente conscientes de los que estaban haciendo ya que habían ingerido abundante alcohol", manifestó refiriéndose a la mínima extensión del daño causado ya que ambas víctimas recuperaron todo el dinero. Solicitando se perfore el mínimo establecido para el delito y se establezca la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento para Garbarino.

Seguidamente, el defensor de Cárdenas también dejó planteada la reserva de impugnar la sentencia. La fiscalía refirió  a lo largo del juicio que no actuaron como funcionarios públicos y ahora lo plantea como agravante, ello no puede ser tenido en cuenta, sostuvo. En idéntico sentido el defensor argumentó que “no hubo un plan delictual ya que habían ingerido bebidas alcohólicas y al momento del hecho no estaban en el uso pleno de sus facultades. “Son más los atenuantes que los agravantes, mi asistido no es un delincuente y ésta ha sido una circunstancia especial”, consideró. Por todo ello solicitó una pena que no exceda los tres años de prisión de cumplimiento efectivo en virtud del daño causado.

MEDIDAS DE COERCIÓN

La fiscal por su parte solicitó al tribunal que en caso que el tribunal resuelva una pena de cumplimiento efectivo, se revoque el arresto domiciliario de ambos imputados y se les imponga la prisión preventiva. Ello en base al peligro de fuga, la gravedad del hecho y la pena que se espera. Por todo esto es "lógico y razonable que se les imponga la medida de coerción hasta que la sentencia quede firme", consideró.

El defensor de Garbarino sostuvo que no asiste razón al Ministerio Público Fiscal y que no debe ejecutarse la sentencia hasta que la misma no haya sido confirmada por un tribunal superior. Manifestó que su defendido "se ha sometido siempre al proceso y los peligros procesales no se presumen, sino que hay que acreditarlos. Si hubieran querido fugarse ya lo habrían hecho", concluyó.

En igual sentido, el defensor de Cárdenas se opuso a la revocación de su prisión domiciliaria que está cumpliendo desde el mes de abril. "No existe un informe negativo y todo su entorno familiar está en la ciudad. Rige el principio de inocencia hasta que la sentencia quede firme, es decir debe mantenerse su arresto domiciliario", dijo.

Finalmente el tribunal resolvió que mañana martes a las 12 horas dará a conocer su veredicto.

"RAID DELICTIVO”

El primero de los ilícitos aconteció la mañana del 10 de marzo, aproximadamente a las 4.00 horas, cuando la primera víctima circulaba con su vehículo, fue obligada a detenerse momentos en que arriban al lugar los dos imputados Cárdenas y Garbarino. Pidieron por radio el dominio del automóvil, se bajaron y solicitaron los papeles del automotor refriendo ser de la Brigada de Investigaciones. Le informaron a la víctima que el vehículo tenía pedido de secuestro y que si quería llevárselo debía pagar. Al verse intimidado la víctima entregó el dinero que poseía y antes de retirarse uno de los imputados le refirieron: “no vayas a la Fiscalía a hacer la denuncia porque no me cuesta nada encapucharme y hacerte cagar”.

El segundo hecho ocurrió el mismo día, pero a las 6.00 horas aproximadamente, cuando la segunda víctima fue interceptada por ambos imputados. Esta vez lo hicieron detener y se bajan Garbarino y Cárdenas portando bastones extensibles. También dijeron pertenecer a la Brigada de Investigaciones y que le iban a secuestrar el vehículo. Como no tenía el dinero suficiente que le exigía uno de ellos se sube a su vehículo y lo acompañan hasta el cajero automático para que retire dinero. En el viaje le aplicaron una descarga eléctrica con una picana. Cuando ingresó al cajero a retirar dinero dio aviso a unos testigos que casualmente se encontraban allí, para que informen a la autoridad de lo sucedido. Luego les entregó el dinero y se dirigió a hacer la denuncia.

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