COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - En la mañana de este viernes se realizó la audiencia de revisión de la prisión preventiva por el homicidio de Sebastián Jeremías Nogales, ocurrido el 18 de agosto de 2017 y que tiene como imputados a Marcelo Leandro Almonacid y a Cyntia Cárcamo.  La funcionaria de fiscalía solicitó la prórroga del plazo de investigación y el mantenimiento de la prisión preventiva para Almonacid y de las medidas sustitutivas para Cyntia Cárcamo, como partícipe secundaria, lo que fue autorizado por la jueza. La magistrada también autorizó una intervención quirúrgica a la que debe someterse el imputado.

En un primer momento la funcionaria de fiscalía solicitó la prórroga del plazo de investigación por dos meses, ya que en el día de ayer se dio comienzo a la pericia de la mecánica del hecho. "La pericia estaría terminada en 45 días, aproximadamente", sostuvo, solicitando a la vez que se mantenga la prisión preventiva de Almonacid y las medidas sustitutivas que pesan sobre Cárcamo ya que existen elementos de convicción suficientes como para tenerlos como autor y partícipe del homicidio de Sebastián Nogales.  Existe un testigo presencial del hecho que dijo que Almonacid fue el autor de los disparos. Previo al cierre del bar se retiran, Almonacid con otro sujeto aún no identificado. Luego en momentos en que Nogales se dirigía a su auto, acompañado de una femenina hacia calle Rivadavia, vuelve hacia pasaje Los Patos, Almonacid efectúa 6 disparos con un arma de fuego a Nogales, impactando 4 de ellos. La pericia balística arrojó que el arma utilizada era un revolver calibre 32 mm.

Ponce se refirió al peligro de fuga existente por las características graves del hecho, realizar seis disparos contra una persona en la calle, a las 4.30 hs. por la espalda, un homicidio a traición. También la acusadora mencionó la expectativa de pena, con un mínimo de 10 años y 8 meses de prisión. Por evadirse del proceso y presentarse 18 días después, el comportamiento del imputado, se fue a Pico Truncado, Santa Cruz. Por último la funcionaria se refirió al peligro de entorpecimiento de la investigación existente; solicitando por todo ello se mantenga la prisión preventiva de Almonacid y las medidas sustitutivas para Cárcamo por el término de dos meses.

Por su parte, la defensora expresó que se opone al pedido de prórroga del plazo de investigación por la mecánica del hecho, ya que se debería haber realizado antes. "Según establece el Código Procesal se deben cumplir los plazos en tiempo razonable", argumentó, agregando respecto de la medida de coerción, que debería ser la excepción y no la regla, que no se opone a ella.

Dijo que el próximo 9 de enero Almonacid debe ser internado para someterse a una intervención quirúrgica, solicitando que se lo autorice para ello. El momento de analizar la medida cautelar será en el post-operatorio, a posteriori se analizará una medida sustitutiva por su estado de salud, concluyó la defensora.

Finalmente, la jueza penal autorizó la prórroga del plazo de investigación, hasta el próximo 7 de marzo de 2018, ya que el mismo resulta necesario en virtud que requiere el experto para realizar la mecánica del hecho. Respecto de la prisión preventiva de Almonacid y las medidas sustitutivas para Cárcamo extendió las mismas hasta esa misma fecha en base a la existencia de los peligros procesales de fuga ye entorpecimiento de la investigación, mencionando también las características graves del hecho. Esto sin perjuicio de las modificaciones que puedan surgir luego de la intervención médica de Almonacid. Asimismo, autorizó dicha intervención quirúrgica.

El hecho a investigar aconteció el pasado 18 de agosto de 22017, siendo aproximadamente las 4.30 hs., cuando Nogales dejó junto a dos personas el bar “Luc Joa”; detrás de ellos se retiró Almonacid y otra persona aún no identificada que se dirigieron a un Gol color gris estacionado en las cercanías. Cárcamo esperó a los agresores dentro del Gol. Almonacid tomó un arma y disparó en seis oportunidades en contra de la humanidad de Nogales; para finalmente huir ambos corriendo y suben al automóvil conducido por Cárcamo, calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor para Almonacid y de partícipe secundaria para Cárcamo.

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