COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Días atrás se realizó la audiencia de impugnación de sentencia solicitada por la defensa de los condenados por el homicidio de Alan Nahuelmilla, ocurrido el 14 de abril de 2018 en la zona de quintas de Comodoro. Este martes los jueces dieron a conocer el fallo contra los responsables, Sebastián, Kevin y Marcelo Ibáñez. 

Sebastián, Kevin y Marcelo Ibáñez fueron declarados en primera instancia penalmente responsables del hecho como “coautores” del delito de “secuestro coactivo doblemente agravado por la participación de tres o más personas, seguido de homicidio culposo” y se estableció para Marcelo Ibáñez a la pena de 18 años de prisión, para Sebastián Ibáñez la de 16 años de prisión y a Kevin Ibáñez 15 años de prisión.

En la impugnación, el defensor criticó la sentencia de primera instancia solicitando que “se revoque, se dicte la absolución de sus asistidos, solicitando la nulidad parcial de dicha sentencia; y subsidiariamente se califique jurídicamente el hecho como homicidio culposo", entendiendo que dicha sentencia “está reñida de arbitrariedad, por una errónea valoración de la prueba que se produjo en debate”. Consideró que no se pudo probar el hecho y la prueba no pudo desterrar el estado de inocencia. “Nos encontramos ante una afectación seria de la igualdad ante la Ley, el debido proceso en juicio y la presunción de inocencia”, concluyó el defensor.

El fiscal, por su parte, solicitó que se rechace la impugnación de la defensa. En el debate se dio permiso a modificar el hecho, pero solamente en su contorno temporal. El defensor reconoció que no le causó sorpresa esta modificación horaria y se le concedió 48 hs. para preparar su defensa. “No hay violación del debido proceso”, entendió el fiscal. Tampoco hay arbitrariedad en la valoración de la prueba. El testimonio de la otra víctima B. G., que se encontraba esa noche con Alan Nahuelmilla, si bien fue central, fue corroborado con prueba dura y objetiva. Se llegó a esa sentencia condenatoria por la prueba indiciaria, que cumplía con los requisitos para ser valorada. Los indicios eran múltiples y unívocos. La sentencia se encuentra debidamente fundada y no es arbitraria", dijo, solicitando que se confirme la misma.

Finalmente, los jueces de Cámara por último pasaron a deliberar y este martes resolvieron por unanimidad “no hacer lugar a la impugnación planteada por la defensa de los tres acusados" y confirmar la sentencia condenatoria de primera instancia “en todos sus términos”.

Consideraron  que se ha cumplido en este caso con todas las etapas del proceso. Respecto del derecho a defensa en juicio y la afectación del principio de congruencia, “no se han afectado”, sostuvieron los jueces de Cámara. La ponderación de la prueba por parte del tribunal de primera instancia ha sido integral, han valorado la totalidad de la prueba rendida y lo ha hecho muy detalladamente. El Ministerio Público Fiscal ha podido acreditar el hecho, las circunstancias del mismo y la intervención que tuvo cada uno de los imputados en el mismo. No se ha criticado ni la calificación legal, ni la pena impuesta.

La Cámara en lo Penal estuvo conformada por Daniel Pintos, Martín Montenovo y presidida por Guillermo Müller, jueces penales de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Héctor Iturrioz, fiscal general (subrogando a Camila Banfi); en tanto que la defensa fue ejercida por Mauro Fonteñez, abogado particular de los imputados.

El homicidio de Alan Nahuelmilla

El hecho ventilado anteriormente en el debate aconteció el pasado 14 de abril de 2018, a las 22.00 hs. aproximadamente, cuando la víctima Alan Nahuelmilla y un amigo B. G. circulaban por la calle Los Duraznos, en zona de quintas, y fueron emboscados por los imputados armados. Procedieron a maniataros y a atarlos con una soga y  arrastrarlos con la camioneta trasladándolos hasta la vivienda de uno de ellos. Una vez en el lugar los sometieron a ambos a diversos tipos de castigos físicos golpeándolos con patadas y golpes en la cabeza con una pala, con la cacha de arma de fuego y le cortaron a uno de ellos las orejas con un alicate en reiteradas oportunidades. Los desnudaron y les tiraron agua fría, tiraban tiros al cielo y amenazaban con matarlos reclamándoles les dijeran donde estaba el televisor. Todo ello por un lapso de cuatro horas, mientras filmaban la agresión.

Ya en la madrugada del 15 de abril de 2018 los imputados se retiraron del lugar junto a una de las víctimas, Nahuelmilla, arrastrándolo hasta el domicilio de uno de sus tíos donde lo abandonaron. Al regresar al lugar los imputados que aún mantenían retenido a B. G. continuaron con los golpes hacia éste, hasta que luego lo liberaron previo amenazarlo que no denuncie lo sucedido. Así B. G. huyó hacia un domicilio para luego ser trasladado al Hospital Regional. Por su parte los familiares de Nahuelmilla lo trasladaron hacia el Hospital donde luego de unas horas fallece por “traumatismo grave de cráneo por hemorragia intra-cerebral a causa de los golpes recibidos”.

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