COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) –Este martes por la mañana se realizó la audiencia de revisión de la prisión preventiva para el imputado Mario Díaz por el femicidio de Valeria Palma acontecido el pasado 27 de agosto de 2016. Allí, la jueza penal resolvió mantener la prisión preventiva de Díaz hasta la celebración del juicio fijado para el próximo 9 de junio.

Presidió el acto Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cintia Iglesias, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Lilian Bórquez, defensora pública.

Luego de la presentación de las partes la funcionaria de Fiscalía solicitó el mantenimiento de la medida de coerción que viene cumpliendo el imputado Díaz ya que siguen vigentes los peligros procesales por los cuales se le dictó la medida. Dijo que “existen elementos de convicción suficientes para tener al imputado como probable autor del hecho, ya se ha presentado acusación con su correspondiente ofrecimiento de prueba”. Además, “se ofrecieron elementos secuestrados con los que Díaz habría atacado a la víctima”, recordó la funcionaria.

Asimismo, se refirió a la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Recordó que Díaz es oriundo de la provincia de Salta y no tiene arraigo ni familia en la ciudad, lo que “facilitaría su fuga” por las características graves del hecho, por la violencia como se cometió el hecho que terminara con la vida de Valeria Palma y la pena que se espera como resultado del procedimiento, prisión perpetua.

Finalmente, se refirió al peligro de entorpecimiento ya que su soltura podría influir sobre testigos de la causa que son vecinos del inquilinato donde se cometió el hecho.

Seguidamente, la defensora argumentó que si bien disiente con algunos de los argumentos esgrimidos por la funcionaria de fiscalía, no se opone ya que su pupilo no cuenta con un domicilio en la ciudad para pedir la morigeración de la medida de coerción.

Respecto del tiempo de la medida, dijo que debe ser fijada hasta la fecha que fue fijado el juicio, el próximo 9 de junio. En cuanto a los peligros procesales recordó que el pasado 2 de febrero se le dictó la prisión preventiva a su pupilo pero sólo en base al peligro de fuga y no de entorpecimiento por lo cual solicitó se mantenga sólo el peligro de fuga.

ALOJAMIENTO DE DÍAZ

Respecto del lugar de alojamiento de Díaz, un buzón de la Alcaldía, desde el pasado 2 de abril, se informó que sería hasta que sea trasladado a otro lugar de detención y "todavía no se concretó el traslado", enfatizó la defensora. También se refirió a que en el informe no se menciona la medicación que el juez ordenó que le sea suministrada. Solicitó por último que se ordene su traslado a la Comisaría de Rada Tilly.

Finalmente, la jueza penal resolvió mantener la medida de coerción que pesa sobre el imputado Díaz hasta el próximo 9 de junio, fecha en que comienza el debate. Esto ya que asiste razón a la defensora en cuanto a que se descarta el peligro procesal de entorpecimiento, aunque subsiste el peligro de fuga. La jueza se refirió a las características graves del hecho, el atentado a la vida de una persona; también calificó la medida de coerción como proporcional y razonable por los elementos de convicción existentes y lo avanzado del proceso, con la causa elevada a juicio. Respecto al estado de salud del imputado Díaz, que sufre convulsiones, la jueza resolvió que sea trasladado a una celda común, hasta que se gestione su alojamiento en la Comisaría de Rada Tilly.

EL HECHO

El ilícito investigado aconteció el pasado 27 de agosto de 2016, siendo aproximadamente las 23.20 horas, en el interior de un inquilinato ubicado sobre la calle Ignacio Rucci que compartían el imputado Mario Díaz y la víctima Valeria Palma.

Luego de una discusión, el imputado tomó un martillo y comenzó a golpear con fuerza a la víctima. Intervino el dueño del inquilinato y le quitó el martillo a Díaz; pero éste siguió agrediendo a la víctima con un cuchillo provocándole múltiples heridas en el rostro, pérdida de masa encefálica y 24 lesiones punzo cortantes en el tórax y abdomen.

Palma falleció como consecuencia de un shock hipovolémico irreversible producido por las múltiples heridas. El ilícito se calificó legalmente  como “homicidio agravado por el vínculo, y por ser cometido contra una mujer y perpetrado por un hombre, femicidio”.

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