RAWSON (ADNSUR) - En su decisorio el magistrado hizo lugar parcialmente a la nulidad de una prueba, solicitada por el defensor Javier Allende, a la cuál adhirieron el resto de los letrados que ejercen derechos de los imputados, dejando sin efecto las pericias efectuadas por personal de la policía federal, consideradas fundamentales para conocer el mecanismo de lo sucedido. Sin embargo, no fue aceptado el pedido para que los peritos no sean tenidos en cuenta como testigos, por lo que podrán deponer ante el tribunal de enjuiciamiento.

A partir de esta resolución, el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general Silvia Pereira, presentará una resolución para que el propio Piñeda revise la misma. La nulidad fue pedida por el defensor oficial de Darío Guzmán, el principal implicado acusado de incendio estragoso seguido de muerte, argumentando un error en la notificación respecto de las fechas anunciadas para la realización de los procedimientos, exponiendo que tal situación no permitió un justo derecho a defensa de su cliente.

Se imputa a Darío Guzmán por incendio estragoso seguido de muerte, artículo 185 inciso 5 del código penal, con una pretensión punitiva de 15 años de prisión más la declaración de reincidencia. En tanto, los policías Luis Javier Frías y Darío Javier Acosta Farías Díaz, cumpliendo prisión preventiva, son acusados por abandono de persona agravado por el resultado de muerte, en concurso real con violación de los deberes de funcionario público, artículos 106, inciso 1ro. y último párrafo, 248, 249 y 55 del código penal, con una pretensión punitiva de 8 años de prisión. También están imputados Jorge Cárcamo, Víctor Pavón y Diego Correa, involucrados por violación de los deberes de funcionario público, artículos 248 y 249 del código penal, con una pretensión punitiva de prisión en suspenso.

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