COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - En horas de la mañana del lunes se desarrolló en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia preliminar por un ilícito acontecido el pasado 10 de marzo del corriente año que tiene como imputados a Mauro Cárdenas y Facundo Garbarino. El funcionario de Fiscalía solicitó que se eleve la acusa a juicio, en tanto que una de las defensas planteó el sobreseimiento de su pupilo. Finalmente, el juez natural de la causa resolvió rechazar el planteo defensivo y elevar la acusa a juicio oral y público. Seguirán en arresto domiciliario por dos meses.

Presidió el acto Mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cristian Olazabal, funcionario de Fiscalía, en tanto que la defensa de Cárdenas fue ejercida por Alejandro Fuentes; y la de Garbarino por Francisco Miguel Romero, ambos abogados particulares de los mismos.

LOS HECHOS

El funcionario de fiscalía hizo referencia a los hechos incluidos en la acusación del caso cuando la mañana del 10 de marzo, aproximadamente a las 4.00 horas. El primero de ellos ocurrió cuando la primera víctima circulaba con su vehículo y es obligado a detenerse momentos en que arriban al lugar los dos imputados Cárdenas y Garbarino. Piden por radio el dominio del automóvil, se bajan y solicitan los papeles del automotor refriendo ser de la Brigada de Investigaciones. Le informan a la víctima que el vehículo tenía pedido de secuestro y que si quería llevárselo debía pagar. Al verse intimidado la víctima entrega el dinero que poseía y antes de retirarse los imputados le refieren “no vayas a la Fiscalía a hacer la denuncia porque no me cuesta nada encapucharme y hacerte cagar”.

El segundo hecho acontece el mismo día, pero a las 6.00 horas, aproximadamente, cuando la segunda víctima es interceptada por ambos imputados. Esta vez lo hacen detener y se bajan Garbarino y Cárdenas portando bastones extensibles.

También dice pertenecer a la Brigada de Investigaciones y que le iban a secuestrar el vehículo. Como no tenía el dinero suficiente que le exigía uno de ellos se sube a su vehículo y lo acompañan hasta el cajero automático para que retire dinero. En el viaje le aplican descarga eléctrica con una picana. Cuando ingresa al cajero a retirar dinero da aviso a unos testigos que casualmente se encontraban allí, para que informen a la autoridad de lo sucedido. Luego les entrega el dinero y se dirige a hacer la denuncia.

El hecho fue calificado provisoriamente como “extorsión en concurso real con robo agravado por el uso de arma”, en calidad de coautores para ambos, solicitando que se mantenga el arresto domiciliario de ambos hasta la celebración del juicio y se eleve la causa a debate.

Por su parte, el defensor de Garbarino no cuestionó el hecho relatado pero planteó una reserva respecto de la calificación legal imputada a su defendido.

Seguidamente, el defensor de Cárdenas planteó el sobreseimiento de su pupilo por el primer hecho referido a una extorsión ya que la rueda de reconocimiento para él fue negativa. Respecto del segundo hecho cuestionó la calificación legal ya que a su entender debía encuadrarse el mismo como cohecho, robo en grado de tentativa ya que se recuperó el dinero.

Para concluir, las partes ofrecieron la prueba testimonial y documental con la que abordarán el debate.

Finalmente, el juez penal resolvió mantener el arresto domiciliario de ambos imputados, Cárdenas y Garbarino por el término de dos meses, o bien hasta el inicio del debate, rechazando el sobreseimiento y elevando la causa a juicio oral y público ante un tribunal colegiado.

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