COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR/Escuchá la entrevista) - Este jueves a la mañana se llevó adelante una audiencia por videoconferencia a pedido de la defensa de Marcelo Navarro -el docente de la Escuela Nº 83 condenado a cinco años de prisión por abuso sexual- quien solicitaba su libertad condicional. Cerca del mediodía se conoció que la jueza rechazó el pedido, tal como adelantó ADNSUR. Horas más tarde, la funcionaria de fiscalía Natalia Gómez dialogó con Actualidad 2.0 y manifestó que según el informe que tuvo en cuenta el Ministerio Público Fiscal, Navarro tenía posibilidad de reincidir en el mismo tipo de delito. "Una persona que cometió un delito como éste sin tratamiento psicológico no puede salir al medio libre", detalló.

La funcionaria explicó que el criterio de la fiscalía fue analizar los artículos de la ley que conjugan para ver si están dados los requisitos para conceder la libertad condicional. “Si bien el requisito temporal estaba cumplido, luego se evaluó el domicilio que había aportado (el condenado) y era favorable, pero por la situación del Covid-19 no se pudo realizar un análisis de manera presencial sino de manera telefónica”, detalló.

Gómez explicó que también se tuvo en cuenta “la conducta del señor Navarro durante el encierro en la alcaidía policial, pero lo más importante, en lo que hizo hincapié el Ministerio Público Fiscal fueron los informes de Políticas Penitenciarias y del Cuerpo Médico Forense porque dan la pauta de si hay un pronóstico de reinserción favorable. En este caso era desfavorable porque Políticas Penitenciarias relataba que al no poder hacer una entrevista personal con Navarro no podían emitir un dictamen profesional”.

Por eso, “se remitieron al informe anterior en donde hacían mucho hincapié a la necesidad de un tratamiento psicológico urgente. Esto fue también destacado por el Cuerpo Médico Forense, cuya conclusión era que había una alta probabilidad de que Navarro pudiera reincidir en estos delitos y que era peligroso para sí y para terceros porque al no haberse sometido a un tratamiento psicológico había factores vigentes que no habían sido tratados”, detalló.

Comentó que “otra de las cosas que el Ministerio Público tuvo en cuenta es que previo a cualquier libertad condicional todo el condenado debe obtener antes a una salida transitoria. Es un periodo de prueba donde la jueza va viendo el nivel de confianza que va adoptando esa persona. En este caso ese periodo no fue usufructuado; no pasó por ese periodo de prueba”.

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Consultada sobre qué ocurriría si él no accede al tratamiento psicológico y llega el momento de cumplirse la condena, puntualizó: “El cumplimiento de una pena opera el día que tiene que operar, pero se están arbitrando otros medios para que el señor sea tratado en el plano psicológico. Creo que se le va a dar cumplimiento antes de que se cumpla la totalidad de la pena. El Estado debe hacerse cargo de que Navarro tenga ese tratamiento psicológico. Es un factor de beneficio para la sociedad porque en algún momento quedará libre”, dijo y confió: “Creo que se va a cumplir con el esfuerzo de todos los operadores judiciales”.

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