TRELEW (ADNSUR) - Se trata de Sergio Humberto Celi e Iván Alexis Roldán quienes fueron encontrados autores penalmente responsables de lesiones en diferentes grados, tras el juicio oral y publico realizado por un hecho ocurrido en Trelew entre la noche y la madrugada de los días 2 y 3 de mayo de 2014. El debate tuvo lugar en el tercer piso de tribunales y la parte acusadora estuvo conformada por el fiscal general Sergio Ferrín y la querellante particular Ana Sánchez, mientras Martín Castro acudió como defensor de Celi, Fabián Gabalachis representó los derechos de Roldán y la defensora pública Zulma Manyauik ejerció en nombre del policía Juan Carlos Salomón, que resultó absuelto.

De acuerdo a la acusación presentada, aquel día cerca de las 23,30 una persona mayor, junto a sus dos hijos menores resultaron víctimas de un abuso funcional por parte del personal policial, que había recibido una llamada donde se alertaba que un grupo de individuos se encontraban quemando basura, iniciando un foco ígneo, cerca de un nicho de gas y un poste de luz en el barrio Inta de Trelew.

Ante el requerimiento se acercan varios móviles policiales, concurriendo además personal de bomberos voluntarios de la ciudad, quienes apagaron el fuego para luego retirarse del sitio, generándose un altercado entre los policías y jóvenes, a quienes los uniformados reclamaban respecto a lo sucedido. La conducta impulsiva e irritada de los efectivos hacia los allí presentes, provocó una situación de descontrol cuando uno de ellos descendió raudamente del móvil policial portando en sus manos una escopeta con la que efectuó un disparo al aire con bala anti tumulto.

Dos policías fueron declarados culpables de apremios ilegales
golpes de puño y patadas tonfa para propinar castigo en distintas partes del cuerpo Rodolfo Arriegada y sus hijos

El Juez José Alberto García consideró en su veredicto que existen pruebas evidentes de la presencia de Celi y Roldán en el lugar, dando por acreditada la materialidad del hecho, mientras que para el otro acusado, Juan Carlos Salomón, aseveró que la documental acompañada devela que el mismo se encontraba en el móvil 698 y quedó evidenciado que nunca bajó del vehículo, no participando de los hechos principales.

El magistrado declaró autor penalmente responsable a Sergio Humberto Celi en orden al delito de lesiones graves, agravadas por su condición de funcionario policial, artículos 45 y 92 en relación con el 80, inciso 9 del código penal en perjuicio de Leandro Ezequiel Tripaiñán y a Iván Alexis Roldán por lesiones leves agravadas por su condición de funcionario policial en perjuicio de Rodolfo Arriegada, tras el hecho ocurrido entre la noche y la madrugada de los días 2 y 3 de mayo de 2014 en el barrio Inta de Trelew.

Determinó además la absolución de Juan Carlos Salomón por imperio de la razonable duda, respecto de su participación en las lesiones leves imputadas por parte del Ministerio Público Fiscal, conforme a razones dadas en los considerandos, de acuerdo al artículo 28 del código procesal penal y 44, VI de la Constitución de Chubut.

Se espera ahora el debate o cesura de pena para imponer la sentencia correspondiente a los dos policías encontrados culpables.

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