Este lunes, en horas del mediodía, se concretó la audiencia de apertura de investigación en contra de Florencia, Mauricio y Rosa Ruiz; Joana Painemal y Patricia Mercado por hechos acontecidos en mayo de 2017 en la zona Norte de nuestra ciudad, en perjuicio de 9 víctimas, los cuales fueron calificados provisoriamente como “extorsión” en carácter de “coautores”. La defensa por su parte cuestionó la calificación legal y solicitó se desestime lo pedido por el fiscal.

La apertura fue presidida por Mariel Suárez, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal representado por Héctor Iturrioz, fiscal general; en tanto que la defensa de los cinco imputados fue ejercida por Paula Ojeda, defensora particular de los mismos.

El caso

El fiscal se refirió al hecho a investigar, que acontece desde “el pasado mes de mayo de 2017 cuando un grupo comandado por Florencia Ruiz, e integrado al menos por sus hermanos Carolina Ruiz y Mauricio Ruiz, Joana Painemal y Patricia Mercado, todos ellos según aducían, integrantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), comenzaron a empadronar a distintas personas de bajos recursos y aquejadas por necesidades básicas insatisfechas, residentes en la Zona Norte de esta ciudad (B° COMIPA – Km 8 – Ciudadela y Diadema).

Dicho empadronamiento tenía el objetivo de formar un merendero y luego obtener un Plan Social para los adherentes. Completados los requerimientos iniciales se les indicaba que debía retirar la tarjeta social en al Banco Nación así poder empezar a cobrar el denominado “Salario Social Complementario” (SSC), subsidio que por entonces concedía el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, en el marco del Programa Proyectos Productivos Comunitarios.

Una vez que se acreditaron los importes, lo beneficiarios toman conocimiento del depósito por Florencia Ruiz que les hizo saber que debían hacer un “aporte” económico al “Movimiento” el que pese a su nombre no era voluntario sino “obligatorio” y cuyo monto variaba entre los $ 400 y los $ 1.000, llegando incluso al alcanzar un porcentaje igual a la mitad de aquel SSC.

De igual manera, se les empezó a exigir a los beneficiarios la asistencia a las marchas organizadas por el MTE y a trabajar en los talleres que tenía a cargo el Movimiento. También quienes se negaban a cumplir con tales exigencias eran sancionados por los imputados.

En cuanto quienes no asistían a las marchas, no eran acreedores del “bolsón de alimentos” que distribuía el MTE. Y a quienes no pagaban en tiempo y forma el “aporte” se les “suspendía” el beneficio, o directamente se les daba de “baja” del Plan Social. Dicha maniobra se mantuvo en vigencia hasta mediados de noviembre de 2021”. Calificando provisoriamente el mismo como “extorsión” en calidad de “coautores” para los cinco imputados. Solicitando finalmente el plazo de seis meses de investigación.

Seguidamente se escuchó las extensas declaraciones de los cinco imputados que se autodefinen como “un grupo auto-gestionado”, que la presente causa “es un revanchismo político, de parte de Gustavo Menna, por la figura de su hermano preso” en Buenos Aires. Asimismo, aseguraron que “Potenciar Trabajo no era un Plan Social” y que Juan Grabois era su referente.

La defensora argumentó que el relato del hecho no coincide con la calificación jurídica de extorsión. Que el aporte era una colaboración para auto-gestionarse y que la misma era voluntaria expresó. No oponiéndose a la apertura de teléfonos secuestrados y solicitando “se desestime lo pedido por el fiscal”.

Finalmente, la jueza penal resolvió autorizar la apertura de investigación del caso por el hecho y la calificación legal esgrimida por el fiscal, dando por anoticiados a los imputados del mismo y por asegurada su defensa técnica. Del relato del hecho se contempla elementos de la figura típica de extorsión. Otorgando para terminar el plazo de seis meses para concluir con la investigación.

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