En la impugnación presentada por la defensa solicitó a la Cámara que “anule la sentencia condenatoria de primera instancia y que mande a realizarse un nuevo juicio con basamento en la doctrina de la arbitrariedad”. En segundo término requirió la absolución de su defendido ya que su conducta puede encuadrarse bajo el delito de “homicidio simple cometido en legítima defensa”. Subsidiariamente se revoque la sentencia y se subsuma la conducta de Currulef en el marco de “homicidio simple cometido con exceso en la legítima defensa”, adecuando la pena en el mínimo establecido para el delito.

En contraposición el fiscal en la audiencia de impugnación de sentencia, celebrada el día 18 de noviembre pasado, solicitó se confirme en todos sus términos la condena a Adrián Currulef en primera instancia a la pena de diez años y ocho meses de prisión, por habérselo declarado responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de Marcelo García, ocurrido el pasado 27 de julio de 2014. Contestando todos y cada uno de los agravios esgrimidos por la defensa.

Finalmente los jueces de Cámara, en fallo dividido, confirmaron parcialmente la sentencia condenatoria de Currulef readecuándola de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” a “homicidio simple” y condenándolo a la pena de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento.

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