COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - En la audiencia llevada a cabo pasado el mediodía del lunes en sede de los tribunales penales del barrio Roca, se resolvió extender la prisión preventiva del imputado Camarda por dos meses más y se ordenó una rueda de reconocimiento de personas.  Además, se reformuló el hecho bajo la nueva calificación de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. Camarda amplió su declaración volviendo a negar su participación en el hecho.

Mariano Nicosia, juez penal, presidió el acto. Por el Ministerio Público Fiscal asistieron Camila Banfi, fiscal general y Cristian Olazabal, funcionarios de fiscalía. La defensa de Camarda fue ejercida por Sergio Romero, su abogado particular.

En un primer momento, Banfi se refirió a la prueba de descargo presentada por el imputado, de resultado negativo, como también a la reformulación del hecho y a una nueva calificación jurídica para Camarda. De los oficios que se pidieron a la empresa de colectivos, contestaron que no todas las unidades poseen cámaras y, por eso, solo con la tarjeta sube se podría corroborar. Respecto de los dos testigos de descargo nombrados, tampoco arrojaron mayores datos. Por otra parte la fiscal presentó cuatro nuevos testigos, dos de ellos de identidad reservada y testigos presenciales del ilícito. También se amplió el testimonio de la pareja de la víctima.

El nuevo hecho:

El pasado 28 de febrero de 2017, siendo las 7.30 hs, en un pasaje próximo a las calles Adela Small, Los Ciruelos y Gansos Verdes, Camarda y dos personas más comenzaron a efectuar disparos con armas de fuego, desde la parte alta hacia la baja de la escalera, en dirección a la vivienda de la víctima Leiva. Este le dijo a su mujer que sacara a su hija menor por el peligro y se dirigió al patio a encender el auto, que no arrancaba. Allí recibió dos disparos en su vivienda y efectuó dos hacia arriba. Camarda tomó una mejor posición y ejecutó un disparo que dio en la cabeza de Leiva. Herido, la víctima fue trasladado al Hospital Regional donde perdió la vida el 2 de marzo por un paro cardiorespiratorio causado por el orificio en el cráneo que le había causado el disparo.

La fiscal solicitó una rueda de reconocimiento de personas con uno de los testigos y una reconstrucción del hecho. También requirió que se mantenga la prisión preventiva de Camarda hasta la rueda de reconocimiento o por el término de dos meses. El pedido estuvo fundado en los nuevos elementos de prueba y el peligro de entorpecimiento.

El imputado volvió a negar su participación en el hecho y su defensor requirió su libertad y, subsidiariamente, su arresto domiciliario. Argumentó que aparecieron nuevos testigos y nombres que no estaban en el relato del hecho al principio. Se preguntó qué pasa con el kiosco quemado y con los testigos que no están más. Se opuso a la rueda de reconocimiento ya que se viralizó su imagen en Facebook.

Finalmente el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva de Camarda por el término de dos meses ya que la fiscalía demostró en estos cinco días que no hay evidencia para corroborar la prueba de descargo. En tanto que “la prueba de cargo presentada es notable”, calificó el juez.

Hay dos testigos presenciales del hecho. Uno de ellos relató la expresión de júbilo de Camarda al acertar el tiro. “Hoy la fiscalía tiene un caso probatorio fuerte”, concluyó el juez. Por eso, extendió por último el plazo de investigación por dos meses y autorizó la audiencia de rueda de reconocimiento de personas.

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