Este lunes por la mañana, el juez Martín Cosmaro dio a conocer el veredicto de pena después que el viernes pasado se concretara la audiencia de cesura del caso.

Después de deliberar, el integrante del tribunal unipersonal resolvió condenar a Emanuel Caruso a la pena de 4 años de prisión efectivos y mantener la prisión preventiva que viene cumpliendo el mismo hasta que la sentencia quede firme, como lo solicitara la fiscal María Laura Blanco.

El juez tuvo en cuenta para la pena como circunstancias agravantes la pluralidad de hechos, las formas de comisión y la utilización de distintos medios para hostigar a la víctima, entre otros. El único atenuante considerado, fue la falta de antecedentes penales de Caruso.

Cabe recordar que en la pasada audiencia de imposición de pena, la fiscal solicitó la pena de 5 años de prisión para Caruso; por su parte el defensor requirió 3 años de prisión de cumplimiento efectivo y subsidiariamente tres años y tres meses de prisión.

Por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Facundo Oribones, Procurador de Fiscalía; por su parte la defensa de Caruso fue ejercida por Ariel Quiroga, abogado de la Defensa Pública. Asimismo, la víctima fue acompañada por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD) de fiscalía.

La pluralidad de hechos por los que fue encontrado culpable:

El primer hecho imputado data del mes de octubre de 2019 cuando el imputado concurre al domicilio de su ex pareja y le arroja piedras al techo desobedeciendo una prohibición de acercamiento dictada por una Jueza de Familia.

El segundo hecho cuando la víctima transitaba a bordo de un vehículo, conducido por Caruso, éste la empieza a insultar y a decirle que descienda del vehículo, aplicándole golpes de puño a la víctima que le provocó lesiones leves. Cuando un testigo se acerca Caruso le refiere a la víctima “mira lo que te hiciste, vamos al Hospital”.

El tercer hecho acontece en abril de 2020 cunado Caruso vulnerando una prohibición de acercamiento y contacto dictada por una jueza penal, hizo una llamada al celular del hijo de la víctima, que era utilizado por ambos, y cuando la víctima atiende es amenazada de muerte por Caruso. Éste expresa celos y asimismo “te voy a cortar en pedacitos, te voy a enterrar en el campo y nadie te va a encontrar”.

El cuarto hecho se produce cuando Caruso pasa frente al domicilio de su ex pareja, vulnerando nuevamente una prohibición de acercamiento dictada por una jueza penal. Estos hechos fueron calificados legalmente como “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, desobediencia a la autoridad, tres hechos, dos de ellos en concurso ideal con amenazas simples, todos ellos en concurso real”, en calidad de autor para Caruso.

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