DOLAVON - El aberrante hecho sucedió en febrero del año pasado en el interior de una vivienda de Dolavon. Allí, José Gabriel Libares se aprovechó del estado inconsciente de una joven de 16 años a raíz de una profunda ingesta de alcohol y la violó. El condenado tenía antecedentes de haber abusado de su hija.

El fiscal general de Trelew, Arnaldo Maza, pudo acreditar la acusación en un juicio oral, y el tribunal de enjuiciamiento integrado por los jueces Ana Laura Servent, Fabio Monti y Sergio Piñeda condenaron a la pena de seis años y seis meses de prisión a José Gabriel Linares, como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, aprovechándose que la víctima no pudo consentir libremente la acción. El aberrante hecho ocurrió el 3 de febrero de 2016 en Dolavon y en perjuicio de una menor de 16 años.

El fiscal general pudo probar a través de las deposiciones testimoniales y los elementos presentados que aquel día, en horas de la madrugada, en un domicilio de la localidad de Dolavon, el acusado Linares, sabiendo lo que hacía y aprovechando que la víctima, de 16 años, no podía consentir libremente la acción ya que se encontraba acostada en una cama, profundamente dormida producto del grado de intoxicación alcohólica que tenía, ingresó al dormitorio, le quitó la ropa y haciendo lo propio el acusado, la accedió sexualmente. Esta situación fue observada por quienes se encontraban en el inmueble, un hermano de la menor y una amiga.

Justamente esta última ingresó a la habitación y al prender la luz, observó a la perjudicada acostada en la cama, inconsciente y desnuda, en tanto Linares estaba sobre ella y al ser sorprendido se levantó subiéndose los pantalones, para luego ser sacado a los empujones de la habitación. Una vez fuera del inmueble, junto a otra persona, arrojaron piedras contra la vivienda y se retiraron, aunque fueron perseguidos por el hermano de la víctima, en tanto que la amiga permanecía en el domicilio con la afectada aún inconsciente.

En parte de su alegato, el doctor Maza, que había solicitado una pena de nueve años de prisión, consideró que no advertía la existencia de alguna causal de inculpabilidad o justificación que permitan relevarlo o atenuar la responsabilidad de Linares en relación al comportamiento reprochado. Se encuentran cumplidos los elementos consideraos abuso sexual con acceso carnal aprovechándose que la víctima no pudo consentir libremente la acción y que no cabe ninguna duda que Linares quiso acceder carnalmente a la menor, ataque sexual que se concretó.

Destacó que uno de los entrevistados, en un tramo de su declaración,señaló que ellos le creían a los dichos de la amiga en cuanto a que Linares había consumado el abuso, porque ya lo había hecho antes y señaló que efectivamente tiene antecedentes, ya que fue condenado por un caso de abuso sexual en perjuicio de su hija a tres años en suspenso el 17 de mayo de 2010.

Entendió el fiscal que por todo lo expuesto durante el juicio, la materialidad del hecho, los testimonios y la prueba indicaban claramente que la teoría del caso de la fiscalía estaba probada en todos sus términos, encontrando a José Linares, quien fue defendido por Juan Manuel Salgado, como autor del delito imputado.

Los jueces Servent, Monti y Piñeda, entendieron que la teoría del caso planteado por la Fiscalía es la que debe prosperar, ya que la prueba producida por dicho Ministerio resultó suficiente para tener por acreditados los extremos del hecho traído a debate. La prueba directa recibida en la audiencia, en concordancia con los elementos incorporados por las partes, han permitido reconstruir históricamente en el devenir del juicio lo acontecido el día en marras y establecer así la materialidad y autoría del hecho, informó un parte de la Fiscalía.

Fuente: Diario Jornada

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