Este viernes la Justicia decidió que Pablo Oyarzo, imputado por el homicidio de Luis Alberto Ruiz, permanezca en prisión preventiva por los próximos dos meses o hasta que se realice la audiencia preliminar del juicio, lo que suceda primero.

Esta definición fue tomada en la audiencia de revisión de la prisión preventiva. Luego de que los representantes de fiscalía pidieron que se mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado, mientras que el abogado defensor Daniel Fuentes pidió el arresto domiciliario, finalmente la Jueza penal María Laura Martini hizo lugar a los requerimientos de los fiscales Fabiola López y Cristian Ovalle..

Los funcionarios del Ministerio Público Fiscal argumentaron que la prisión preventiva día prorrogarse por el término de dos meses o hasta la audiencia preliminar, y mencionaron que el jueves se presentó la acusación pública del caso calificándolo como homicidio simple, estimándose, en caso de recaer condena, una pena de 13 años y seis meses de prisión. 

Mencionaron los riesgos procesales por los cuales se le ha dictado la medida, sosteniendo quer no solo que subsisten, sino que se encuentran aumentados los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. La probabilidad de autoría adquiere más certeza ya que se ha presentado la acusación. En caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo, remarcó la funcionaria, por las características graves del hecho, a plena luz del día, una sola estocada, dando la muerte a Ruiz. También porque subsiste el peligro que su soltura pueda influir sobre testigos.

En contraposición el defensor se opuso al pedido de prórroga que solicitó la fiscal, ya que su asistido hace seis meses que se encuentra privado de su libertad. Si la prisión preventiva se prorroga es claramente un adelanto de pena, aseguró el defensor. Desde la defensa se planteó que puede tratarse el caso como un homicidio culposo, y no simple como postula la fiscalía. En el juicio se discutirá su hubo, o no, intencionalidad. Agregando que “no hay peligro de entorpecimiento, se ha desvanecido”. La fiscalía no trae un elemento con solidez para sostener que Oyarzo se va a fugar del proceso. La libertad debe ser la regla según los tratados internacionales, solicitando por esto su arresto domiciliario, con tobillera electrónica.

Finalmente, la jueza penal rechazó la morigeración de la prisión preventiva solicitada por la defensa. Esto ya que subsisten los motivos por los cuales en anteriores audiencias se le mantuvo la preventiva al imputado Oyarzo para cautelar el proceso. La defensa no ha traído nuevos elementos para que modifique resoluciones anteriores, para morigerar la medida de coerción. No solo perduran los peligros procesales por los cuales se le dictó la medida, sino que los mimos se ven incrementados con la presentación de la acusación. Así se robustecen los peligros de fuga y de entorpecimiento ante la inminente audiencia preliminar del caso y el consecuente debate oral y público. Por la gravedad del hecho y la pena en expectativa. Manteniendo por ello la prisión preventiva de Oyarzo por dos meses -hasta el 28 de diciembre, o hasta la audiencia preliminar, lo que ocurra primero.

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