RAWSON (ADNSUR) - El Superior Tribunal de Justicia del Chubut resolvió conferir carácter de Feria Extraordinaria por Emergencia Sanitaria en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia del Chubut, al período comprendido entre el día 17 de marzo del 2020 y el 26 de abril de 2020, inclusive, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran dictarse en lo sucesivo en el marco de la Pandemia COVID-19. 

Queda establecido que los empleados, funcionarios y magistrados deberán realizar sus tareas desde sus domicilios, conforme las directivas que al efecto indique el titular de cada organismo. 

En la medida que el uso de las tecnologías habilitadas para el teletrabajo se encuentre disponible a fin de dar respuesta adecuada y eficaz, se restringirá al máximo el traslado de agentes a los lugares habituales de trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19.  La Acordada establece la designación de un Juez de Feria para coordinar las tareas de los fueros penal y civil, en todos los fueros y circunscripciones.

Queda explicitado que en los asuntos que no admitan demoras, las partes podrán solicitar habilitación de día y horas inhábiles en los términos del artículo 155 del Código procesal Civil y Comercial de la Provincia. Dispuesta la habilitación correspondiente, el Juez de Feria, responsable de conferirle dicho carácter, lo despachará sin demoras. Los que no tuviesen tal carácter serán remitidos por vía electrónica al Juez competente para su correspondiente tratamiento, debiendo despacharlos utilizando los medios electrónicos puestos a su disposición, a través de la modalidad de teletrabajo. 

En los considerandos de la medida los ministros del Superior Tribunal tuvieron en cuenta la continuidad del aislamiento preventivo y obligatorio dictado por el Gobierno Nacional. Al mismo tiempo, remarcaron que la afectación de fondos para la adquisición de equipamiento y medios, permitieron ampliar la cobertura del teletrabajo (home office o trabajo a distancia), lo que se suma a los convenios firmados para mejorar la calidad de toda la infraestructura de comunicaciones. Esas medidas han permitido evitar la parálisis del servicio de justicia que, aunque mermado, se sigue brindando en este contexto excepcional de pandemia que se vive a nivel global. 

El Acuerdo Plenario contiene también una respuesta a los Colegios Públicos de Abogados de la Provincia, que expresaron la necesidad de habilitar el normal funcionamiento del servicio de justicia.

Vivas y Panizzi subrayaron que “sería una irresponsabilidad que se permitiera una habilitación en las condiciones solicitadas, so riesgo de permitir la difusión del virus entre agentes del Poder Judicial, como entre profesionales y justiciables, máxime, cuando son las propias autoridades sanitarias de la Nación y la Provincia, las verdaderamente legitimadas para dictaminar al respecto, y todas coinciden en la necesidad de dar continuidad al aislamiento social obligatorio”

Al mismo tiempo aclaran que, no obstante ello, este Superior Tribunal atiende en el presente Acuerdo la declaración de Feria Extraordinaria, tal como lo solicita uno de los Colegios Públicos. Ello ha conllevado a organizar, en esta coyuntura, las Circunscripciones Judiciales con un Juez de Feria en los términos que se indican en la parte dispositiva del presente Acuerdo.

Los ministros del Superior Tribunal adelantaron que en el transcurso de la semana entrante los escritos digitales para el fuero no penal estarán operativos en los Juzgados de Familia de Comodoro Rivadavia, y en los días subsiguientes lo será en el resto de los Juzgados de Familia de la Provincia y, progresivamente, en los demás fueros del universo no penal. 

En cuanto a la firma digital, también planteado por los Colegios de Abogados, el STJ aclaró que resulta de imposible cumplimiento su implementación generalizada, conforme se informa desde la Secretaría de Informática Jurídica de este Superior Tribunal, salvo para abogados que ya contaran con ella, no sin dejar de señalar que los Poderes Judiciales de otras jurisdicciones que la exigen se encuentran con infinidad de complicaciones con su uso. Los Colegios Públicos de Abogados de la Provincia no cuentan con soporte técnico propio, en tanto, es la Secretaría de Informática Jurídica, dependiente de este Superior Tribunal de Justicia, uno de los organismos que, efectivamente, cuenta con ello en todo el ámbito provincial. No obstante lo señalado, se instruyó al área administrativa correspondiente para que proceda a la compra de dispositivos criptográficos especiales (tokens), con el fin de ampliar la cantidad de usuarios que puedan contar con firma digital.  

Vivas y Panizzi recordaron que por medio de los Acuerdos Plenarios 4866/2020 y 4868/2020 se ha exhortado y luego intimado al Banco del Chubut S.A. a fin que implemente un sistema informático compatible con el del Poder Judicial que permita al justiciable y al profesional, por medio del Superior Tribunal de Justicia, disponer de los fondos depositados en dicho banco, en cuentas judiciales. 

En la misma línea de ideas, se les encomendó a los Sres. Magistrados especial atención al tratamiento de cuestiones de índole alimentaria en general, incluso a los pedidos de los profesionales relativos a honorarios. 

Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia del Chubut remarca que, en esta coyuntura, se ha venido cumpliendo con las guardias mínimas en todas las Circunscripciones, dispuestas a partir del Acuerdo Plenario 4863/2020, contrariamente a lo señalado por algún Colegio Público mediante nota, donde no identifica qué organismos habrían incumplido con dicha disposición.

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