Tal como informó ADNSUR meses atrás, luego del procesamiento dictaminado por la jueza Eva Parcio contra el ex intendente Néstor Di Pierro, empresarios cercanos y miembros de su entorno familiar, la Cámara Federal declaró la nulidad de esas medidas y pidió que se tome nuevamente la declaración indagatoria a los involucrados.

“No hay ningún archivo en esa investigación”, dijeron en ámbitos judiciales, frente a los dichos de la diputada Ana Clara Romero, quien advirtió que pedirá “el desarchivo de la causa apadrinados”, solicitando su ampliación, en el marco de la polémica planteada por la usurpación de tierras y en la que pretendió involucrarla el senador y ex intendente Carlos Linares.

Lo concreto es que la resolución judicial del tribunal de alzada plantea que se debería primero identificar el delito que dio origen a las maniobras de lavado de activo que están en investigación, algo que difiere de algunos criterios que se han conocido en los últimos años, incluso en algunas causas resonantes en la provincia como la denominada ‘Embrujo’, que no requirieron de esa individualización del delito previo.

“La jurisprudencia actual invierte la carga de la prueba y son los investigados quienes deben demostrar el origen del dinero, sobre todo cuando se investigan propiedades que son difíciles de explicar al cotejar los ingresos o antecedentes laborales de quienes figuran como propietarios”, explicó un observador judicial, que conoce de cerca el expediente.

 La resolución de la Cámara consideró que el procesamiento dictado en primera instancia por la jueza Eva Parcio no logró individualizar la prueba de cargo al momento de configurar las imputaciones. 

Los acusados deberán demostrar el origen del dinero.
Los acusados deberán demostrar el origen del dinero.

Según esa línea argumental, no hubo vinculación entre la maniobra por la que fueron indagados los imputados y lo que finalmente se les imputó, lo que podría configurar una afectación del derecho de defensa.

Hay que recordar además que la investigación que se derivó a la justicia provincial, para determinar el origen de los presuntos delitos que dieron lugar al dinero objeto de las maniobras de lavado, sí se encuentra archivada.

Nulidad del procesamiento y pedido de nueva indagatoria

Más allá de esa discusión doctrinaria, el juzgado de primera instancia deberá tomar declaración indagatoria, nuevamente, a todos los involucrados en la investigación, incluidos el ex intendente Néstor Di Pierro, sus hijos y esposa, además del abogado y asesor financiero Ernesto Rey (ex presidente del Banco Chubut) y el empresario Horacio Pagano.

En el procesamiento dictaminado en abril del año pasado, la jueza aludía a “distintas conductas previstas en la Ley Nº 25.246 (modificada por Ley 26.087), sobre Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo; todo ello orientado a una clara elusión de los controles previstos para la actividad bancaria, financiera y tributaria; resultando también relevante que dichas personas poseerían contactos en esta ciudad a nivel comercial, empresarial y político, con los cuales mantendrían una fluida relación utilizándolos como nexo para diferentes maniobras comerciales y de obra pública”.

La Cámara Federal declaró la nulidad de esas medidas y pidió que se tome nuevamente la declaración indagatoria a los involucrados.
La Cámara Federal declaró la nulidad de esas medidas y pidió que se tome nuevamente la declaración indagatoria a los involucrados.

Hay que recordar también que si bien en el inicio de las investigaciones, en el año 2015, los trascendidos daban cuenta de posibles maniobras con tierras públicas, el objeto principal de la acusación en el auto de procesamiento se vincula al armado de empresas, integradas por personas cercanas al entorno del entonces intendente Di Pierro, que eran favorecidas por la adjudicación de obras y servicios públicos.

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